Resumen
El siglo XXI se orienta a recuperar el prestigio de la ley, presupuesto
básico para realizar la justicia material, aboliendo los círculos de
inmunidad. No debe existir norma, ni acto administrativo que
contradiga el estado social de derecho. El derecho administrativo del
nuevo milenio, será fruto de la participación, el pluralismo y el respeto
a la dignidad humana.
Las reformas administrativas del Estado en el siglo XXI, se orientarán
por un derecho administrativo que corrija las desigualdades sociales,
buscando una administración ágil y eficaz; armonizando las leyes
internas de cada país, con las normas supranacionales, pues no deben
existir poderes ilimitados, en un mundo globalizado.
La doctrina y la jurisprudencia del milenio que empieza, tendrán como
misión hacer prevalecer el derecho sustancial, sobre las meras
formalidades y tecnicidades procesales.
El juez del siglo XXI no deberá limitarse a declarar la nulidad del
acto administrativo, sino que deberá hacer prevalecer en sus sentencias los derechos fundamentales, y el Estado debe ofrecer los mecanismos para que los tribunales hagan efectivo el derecho.
Finalmente, el nuevo derecho administrativo afianzará su
independencia del serecho privado, fundamentado en la prevalencia
de sus propios principios y el interés general, con el fin de corregir
las injusticias sociales y extirpar la corrupción, judicializando toda
actividad administrativa; eliminando las vías previas, los arreglos y
pactos extrajudiciales, como requisito para acudir al contencioso.
El cambio de paradigma implica el tránsito de la mecánica a la
utilización de los sistemas electrónicos, para agilizar la prueba y la
forma escrita, con el fin de hacer realidad la justicia.
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