TY - JOUR AU - Castillo, Jesús Iván PY - 2008/12/01 Y2 - 2024/03/28 TI - El control fiscal y la revisoría fiscal en las entidades públicas: frente al dictamen sobre los estados contables, ¿quién tiene la razón? JF - Cuadernos de Contabilidad JA - CC VL - 9 IS - 25 SE - Artículos DO - UR - https://revistas.javeriana.edu.co/index.php/cuacont/article/view/3235 SP - AB - <span style="font-family: Whitman-Roman; font-size: xx-small;"><span style="font-family: Whitman-Roman; font-size: xx-small;"><p>El control fiscal y la revisoría fiscal hacenparte de los mecanismos de control externo diseñados porel Estado para la vigilancia de la gestión fiscal de la administracióny para el aseguramiento del buen uso y conservaciónde los recursos públicos y privados, de conformidadcon las normas legales, que dadas las características y naturalezafuncional, presentan similitudes, pero también marcadasdiferencias.</p><p>El control fiscal es una función pública, mediante la cual serealiza vigilancia sobre la forma como las entidades manejanlos recursos públicos. Es una actividad independiente yautónoma que tiende a asegurar los intereses generales dela comunidad.</p><p>Por su parte, la revisoría fiscal, aunque no tiene una definiciónlegal, desarrolla unas funciones que permiten señalary resaltar su importancia, por cuanto ejerce inspección yvigilancia de las sociedades mercantiles; se estructura conel fin de dar seguridad a los propietarios del cumplimiento,por parte de la administración de las entidades, de lasnormas legales y estatutarias; procura una adecuada conservaciónde los activos sociales y la fidelidad de los estadosfinancieros puestos a disposición.</p><p>Cuando estos dos mecanismos estatales de control confluyensimultáneamente en un mismo ente económico delsector público o privado que administra recursos públicos,materializados por medio de la Contraloría General de laRepública, para el control fiscal y el revisor fiscal, circunstanciaque es factible, o porque se cumplen los mandatoslegales para tener la figura del revisor fiscal, o porque la leyque crea la entidad incorpora en la estructura orgánica estafigura, se presentan situaciones problemáticas, que en ocasionesse tornan contradictorias, como las diferencias deopiniones frente a los estados financieros que deben dictaminaren cumplimiento de sus funciones.</p><p>Se toman los casos concretos de cinco (5) entidades públicasque forman parte del Balance General de la Nación,correspondiente al año 2006, a las cuales la ContraloríaGeneral de la República, en ejercicio del control fiscal,practicó auditoría financiera para dictaminar sus estadoscontables, y que simultáneamente tienen la figura del revisor fiscal, a quien le corresponde, igualmente, dictaminarlos estados financieros por el mismo período, en los que seencontraron diferencias en las opiniones emitidas.El presente documento describe los objetivos, características,importancia y metodologías de trabajo de cada unode estos mecanismos o instituciones de control, con el finde encontrar las causas de estas diferencias y concluye conunas reflexiones y una propuesta para evitar situacionescomo las que se presentan en estas cinco (5) entidades públicasanalizadas y tomadas como ejemplo.</p><span style="font-family: Whitman-Roman; font-size: xx-small;"><span style="font-family: Whitman-Roman; font-size: xx-small;"><p> </p></span></span></span></span> ER -