Entre omisiones y silencios. Reflexiones con relación a la construcción discursiva del “yo trabajadora” del ama de casa en políticas sociales argentinas*

Between Omissions and Silences. Reflections on the Discursive Construction of the “Working Self” of the Housewife in Argentine Social Policies

Entre omissões e silêncios. Reflexões com relação à construção discursiva do “eu trabalhadora” da dona de casa nas políticas sociais argentinas

Tatiana Marisel Pizarro

Entre omisiones y silencios. Reflexiones con relación a la construcción discursiva del “yo trabajadora” del ama de casa en políticas sociales argentinas*

Signo y Pensamiento, vol. 41, 2022

Pontificia Universidad Javeriana

Tatiana Marisel Pizarro a

Universidad Nacional de San Juan, Argentina


Recibido: 23 febrero 2019

Aceptado: 22 abril 2022

Publicado: 30 noviembre 2022

Resumen: Este artículo explora aquellas políticas sociales que tienen y tuvieron al ama de casa como merecedora de haberes previsionales en Argentina, durante el periodo 2004-2016. Se pretende observar hasta qué punto estas medidas cumplen con los objetivos propuestos a partir de un análisis del discurso institucional legislativo y sus planteamientos originales. La propuesta metodológica de esta investigación es cualitativa y su abordaje es desde el Análisis Crítico del Discurso –ACD–, bajo los lineamientos de Fairclough y Wodak (2000) y Burman y Parker (1993). Los textos y los diarios de sesiones analizados corresponden a las leyes 25.994 –Plan de Inclusión Previsional–, 26.970 –2da etapa del Plan de Inclusión Previsional– y 27.260 –Pensión Universal para el Adulto Mayor–. Tales han sido seleccionados para observar cómo se construye discursivamente a la mujer trabajadora derivada de su papel como ama de casa. De estas se extrajeron las construcciones discursivas más relevantes de la muestra mencionada.

Palabras clave:políticas sociales, cuidado, trabajo no remunerado, jubilación de amas de casa, Análisis Crítico del Discurso.

Abstract: This article explores those social policies that have and had the housewife as deserving of social security benefits in Argentina, during the period 2004-2016. The aim is to observe to what extent these measures comply with the proposed objectives based on an analysis of the legislative institutional discourse and its original approaches. The methodological proposal of this research is qualitative and its approach is from the Critical Discourse Analysis -CDA-, under the guidelines of Fairclough and Wodak (2000) and Burman and Parker (1993). The texts and session journals analyzed correspond to laws 25.994 -Pension Inclusion Plan-, 26.970 -second stage of the Pension Inclusion Plan- and 27.260 -Universal Pension for the Elderly-. These have been selected to observe how working women are discursively constructed in relation to their role as housewives. From these, the most relevant discursive constructions of the mentioned sample were extracted.

Keywords: social policies, care, unpaid work, retirement of housewives, Critical Discourse Analysis.

Resumo: Este artigo explora as políticas sociais que têm e tiveram a dona de casa como merecedora de bens previdenciários na Argentina, durante o período 2004-2016. Visa-se observar até qual ponto tais medidas cumprem com os objetivos propostos a partir de uma análise do discurso institucional legislativo e seus enfoques originais. A proposta metodológica desta pesquisa é qualitativa e seu abordagem é desde a Análise Crítica do Discurso –ACD–, sob as diretrizes de Fairclough e Wodak (2000) e Burman e Parker (1993). Os textos e os diários de sessões analisados correspondem às leis 25.994 –Plano de Inclusão Previdenciária–, 26.970 –2a etapa do Plano de Inclusão Previdenciária– e 27.260 –Pensão Universal para idoso–. Eles foram selecionados para observar como é construída discursivamente a mulher trabalhadora derivada do seu papel como dona de casa. Destes, extraíram-se as construções discursivas mais relevantes da referida amostra.

Palavras-chave: políticas sociais, cuidado, trabalho não remunerado, aposentadoria de donas de casa, Análise Crítico do Discurso.

Introducción

A lo largo de la historia, la mujer ha realizado diversas labores por una paga: como sirvienta, cocinera, jornalera, vendedora, niñera, etcétera. En gran medida, trabajos que le han permitido ser parte del mercado laboral transitoriamente y bajo las reglas de la precarización. Esto se debe a que este tipo de labores le “ayudaron” a conjugar su rol de trabajadora en el ámbito público con el de madre y esposa en el ámbito privado. En otras palabras, le hicieron plausible prolongar esa tarea remunerada a la rutina hogareña propia. En esta línea, Battagliola explica que el trabajo realizado por las mujeres tiene una diversidad de significados sociales que, consecuentemente, puede ser abordado desde distintas aristas de análisis (2004, p. 22). Por ejemplo, la idea de trabajo doméstico está atravesada por la disensión producida en la industrialización de las labores realizadas para el mercado y aquellas ejecutadas para el hogar. Esto es consecuencia de la creación de categorías dicotómicas que establecen diferencias entre lo que es trabajo con aquello que no lo es, al tomar en consideración representaciones que dejan al margen parte de las tareas realizadas mayoritariamente por las mujeres en el hogar (Battagliola, 2004, pp. 4-5). Es así como las labores domésticas se invisibilizan, mientras que el verdadero trabajo atañe a aquel que es asalariado y extradoméstico1.

En este artículo se pretende analizar el caso de la “Jubilación de amas de casa”2; en específico, se indaga desde una perspectiva de género la concepción de las tareas de cuidado y domésticas no remuneradas presentes en las normativas de esta política social y en las sesiones de la Honorable Cámara de Senadores en la que se abordó. Es importante señalar que se opta por el análisis de estos discursos porque toda ley es una forma de poder, las cual tiene como fin el normar en la población conductas y el accionar de las instituciones; exige y prohíbe. El qué y el cómo lo dice, tiñe el modo en que una sociedad se comporta, expresa e identifica.

A los propósitos de este artículo, es oportuno aclarar que la connotación social de trabajo no es estática, sino que esta concepción varía en función de cómo los diversos sectores catalogan ciertas actividades tomando como base las representaciones culturales. Es importante resaltar este punto, ya que observar retrospectivamente las tareas realizadas por las mujeres da pie a deconstruir aquello que es considerado como trabajo y no trabajo (Garley, 2000, p. 53).

De acuerdo con los objetivos mencionados, se dispuso a hacer un Análisis Crítico del Discurso –ACD– bajo los lineamientos de Fairclough y Wodak (2000) y Burman y Parker (1993), ya que se indaga acerca de las relaciones existentes entre los discursos y los contextos –sociales, culturales, económicos, políticos, etcétera– en los que estas medidas se instituyeron. Los textos y los diarios de sesiones analizados3 corresponden a las leyes 25.994 –Plan de Inclusión Previsional–, 26.970 –2da etapa del Plan de Inclusión Previsional– y 27.260 –Pensión Universal para el Adulto Mayor–, seleccionadas para observar cómo se construye discursivamente a la mujer trabajadora derivada de su papel como ama de casa4.

Este tipo de análisis se considera pertinente porque se discurre en que las políticas sociales son parte de una práctica social que, en cierta medida, tiene influencia en la ciudadanía. Es importante entonces vincular al discurso con la política, ya que tal como lo plantea Judith Butler (2004), es con el uso del lenguaje que los seres lingüísticos se transforman en seres políticos.

Esa frontera entre el trabajo y el no trabajo

En el último tiempo, diversas académicas han acordado en que las mujeres son trabajadoras estando dentro o fuera de sus hogares. Ahora bien, todas ellas concuerdan en que comprender las bases de la subordinación de las mujeres es cardinal para neutralizar la opresión a la que son sometidas (Benston, 1973; Dalla Costa, 2006; Delphy, 1982; Federici, 2013; Morton, 1971; Picchio, 1994; Rodríguez Enríquez, 2011; Schweitzer, 2000; Tilly y Scott, 1978; entre otras5). Es importante resaltar la postura de Margaret Benston, quien expone al trabajo no remunerado de las mujeres como uno de los más provechosos para quienes tienen medios de producción. Son las amas de casa las que permiten que su marido –trabajador asalariado– pueda cumplir con su rol. Por esto, esta autora propone a las mujeres como un ejército de reserva del mercado capitalista (Benston, 1973; Borderías y Carrasco, 1994, p. 26). En esta línea, Christine Delphy (1982) reclama por el rol de las mujeres dentro de la familia, al argumentar que son los varones los que, a partir de las relaciones patriarcales, se apropian del trabajo6 que ellas realizan –presenta a esta labor como trabajo productivo–.

Por esto, también se debe mencionar que este modelo dominante de la división sexual del trabajo –impuesto a partir de la industrialización– está relacionado con representaciones culturales que atañen al trabajo masculino con la producción –de la que se derivan interpretaciones concernidas al poder, lo público y la autoridad–, mientras que las labores femeninas tienen que ver con lo doméstico y familiar –afín con la sumisión, la dependencia, lo privado y el cuidado–. Este modelo, conocido como male breadwinner family, presenta al hogar como una unión simple: un hombre (ganador del pan/responsable de los recursos monetarios para el grupo familiar) y una mujer (ama de casa/responsable del mantenimiento de la fuerza del trabajo y cuidado de los/as hijos/as).

En esta línea, puede inferirse que son los hombres proveedores aquellos que gozan de ciertos privilegios al momento de manejarse en el ámbito privado y doméstico: el de ser servido como acción simbólica de respeto, ya que es este cónyuge quien reúne los recursos necesarios7 para solventar el hogar. De este modo, se representa al trabajo productivo como una esfera separada de lo reproductivo, en el que se les otorga a las mujeres la condición de inactividad, que la hace dependiente tanto de lo que su pareja le provea, como de los beneficios sociales que conlleva.

La ausencia de capital humano femenino es corolario de esta misma división sexual del trabajo que conlleva a la invisibilidad, las dificultades para obtener un empleo no precarizado y las posibilidades de capacitación laboral. Esto tiene como consecuencia la reducción de chances en el mercado de trabajo formal y a un ejercicio en el informal, que entre sus ventajas se encuentra el hecho de poder cubrir los requerimientos de cuidado de sus hijos/as y las tareas del hogar.

La consideración de la inactividad activa de las amas de casa da cuenta del rol del trabajo dentro de la sociedad, como aquel que otorga el status y afianza la autoestima, concede un sentimiento de pertenencia a un grupo social y promueve rasgos identitarios relacionados a este. Es decir, el trabajo remunerado define el lugar y la participación de la persona en el ámbito público y es valorado por la protección social8 que conlleva; de este modo, es visto como un modo de proyección futura al momento en que la persona alcance la edad para no desarrollarse en el mercado (Castel, 2004). Por esto, el sistema redistributivo de la seguridad social pone en manifiesto la desigualdad entre hombres y mujeres y expía a quienes dedicaron gran parte de su tiempo y vida a las labores domésticas y de cuidado (Sarasúa y Gálvez, 2003, p. 18).

Es necesario, entonces, el constante estudio del cuidado como trabajo, revisando los ejes en los que se sostienen los debates y las categorías de estos análisis. De este modo, se podrán encontrar esos instrumentos y tramas discursivas que permitan abordar al cuidado como objeto de estudio, interpretándose este como un trabajo y práctica social orientada como respuesta a los requerimientos del otro/a (Finch y Groves, 1983).

John Harrison, por ejemplo, presenta al trabajo doméstico como una labor secundaria subsidiada por el capitalismo, ya que:

(…) los efectos de la creación del trabajo doméstico como modelo subsidiario sobre el valor de la fuerza de trabajo masculina no han de ser todos favorables. La existencia del trabajo doméstico también provee al capital de un mercado de trabajo más flexible. Los individuos pueden entrar y salir del sector doméstico, y de hecho lo hacen. Esto tiende a debilitar el poder de negociación del trabajo masculino. Al aportar una fuente alternativa de fuerza de trabajo, con frecuencia a precios inferiores, el sector doméstico cumple algunas de las funciones del ejército industrial de reserva. (1975)

Para completar esta idea, la socióloga Maxine Molyneux pone en consideración los numerosos cambios tecnológicos que han devenido con el trabajo doméstico –agua corriente, electrificación, productos de consumo enlatados, etcétera–, pero, a pesar de esto, hay aspectos que son renuentes a modificarse. Esto se debe, plantea la autora, a que el trabajo de cuidado realizado al interior del ámbito privado del hogar es un legado muy difícil de desasir por las mujeres.

El trabajo de cuidado de las criaturas constituye la relación material más difícil de eludir para las mujeres y, al mismo tiempo, también es el que mayores beneficios reporta al Estado capitalista. En efecto, mientras la carga de trabajo doméstico puede reducirse potencialmente al mínimo y repartirse equitativamente entre los miembros adultos de una familia, en el caso del cuidado de las criaturas la solución requiere una importante reasignación de recursos y que el Estado y otros agentes organizados asuman la responsabilidad en este ámbito. (Molyneux, 1994, p. 146)

¿Quién cuida a quien cuida?

Por años, la biparentalidad fue la manifestación de una familia hegemónica, con el jefe de hogar ofreciendo su fuerza de trabajo a un mercado dispuesto a remunerarlo por dinero y una ama de casa que brinda su fuerza a las tareas domésticas y de cuidado, por las que no recibe ningún tipo de paga (Razavi, 2010). Esto es clave para entender el trayecto que ha recorrido el cuidado y quien lo realiza para determinar si es visibilizado –o no– por las políticas sociales.

Durante los años ochenta en América Latina la prestación de servicios sociales estuvo supeditada al equilibrio fiscal, con el objetivo de racionalizar el gasto social y la gestión de políticas sociales (Gómez Urrutia, 2010). Tal como lo expresa Arriagada (2007), el Estado desplazó al mercado, a las familias o a las mujeres la tarea de “búsqueda y solución de problemas de enfermedad, desempleo, incapacidad física y mental y muerte de sus integrantes”, lo que tuvo como consecuencia el abandono o la búsqueda de empleos precarios por parte de las mujeres que debían priorizar las necesidades familiares.

Entonces, ¿quién protege a aquella mujer que cuidó y trabajó para su familia las 24 horas, durante los 7 días de la semana a lo largo de su vida? En este punto es importante poner atención al papel de la mujer dentro de la comunidad política, su ciudadanía y cuestionar si su valoración tiene que ver con el “orden de género”, como lo expresa Vogel (1988).

El trabajo de cuidado ha recibido un exiguo reconocimiento social y la redistribución por este es proporcional a ese valor. Por esto, a los propósitos de este artículo, se propone hacer una construcción discursiva del “yo trabajadora” del ama de casa a partir de políticas sociales9 argentinas. Para lograrlo, se optó por seleccionar dos medidas, ambas de gobiernos distintos: el Plan de Inclusión Previsional y la Pensión Universal para el Adulto Mayor.

El debate que interesa en este escrito radica en el modo en que se hicieron efectivos estas medidas y el discurso del Estado en relación con la aplicación, efectividad y limitaciones. Es importante aclarar que estas reflexiones se hacen a partir del desarrollo de un proceso crítico en el que se reinterpretan los conceptos presentes en estas medidas, tomando en consideración que fueron creadas por un sistema patriarcal10.

Ley 25.994: Prestación de Jubilación Anticipada - Plan de Inclusión Previsional

El 16 de diciembre de 2004, el proyecto de ley (CD 124/04) fue aprobado por unanimidad en el Senado argentino, sancionándose así la Ley 25.994 (Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, 2004)–con esta la creación de la prestación de Jubilación Anticipada–, que se promulgó parcialmente el 29 de diciembre del mismo año. Esta preveía un régimen de jubilación anticipada para aquellos/as trabajadores/as que acreditasen 30 años de servicio y que tuviesen más de 60 años en caso de los varones y más de 55 en el de las mujeres, conforme a lo estipulado por la Ley 24.241 –Ley Nacional del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones–. La duración de esta moratoria fue de dos años, con la posibilidad de ser prorrogada por el poder ejecutivo en caso de ser justificado11. Esta ley supone un paso importante en las políticas sociales, ya que tiene un enfoque universalista, como medida redentora de las consecuencias conducidas por las medidas neoliberales adoptadas durante los gobiernos menemistas. Es decir, se trató de una cobertura pensada específicamente para aquellos/as que estaban desempleados/as y que no cumplían hasta ese momento la edad estipulada por el artículo 19 de la Ley 24.241.

La Ley 25.994 fue aprobada por unanimidad y sin abstenciones –tanto en el Congreso como en el Senado–, lo que permite inferir que el consenso estuvo dado en torno a la necesidad de una cobertura previsional mayor12. Esto se debe a que durante los años noventa la tasa de cobertura previsional de la población pasiva decreció como consecuencia de: a) altos niveles de desempleo, b) precariedad/informalidad laboral y c) la reforma previsional con la consecuente creación de las AFJP13.

Un dato a destacar es que esta moratoria previsional fue una de las políticas sociales más exitosas en cuanto al impacto en la equidad de género en el acceso a la seguridad social, ya que, de la totalidad de los beneficios otorgados, el 73 % correspondió a beneficiarias mujeres (Agencia Nacional para la Seguridad Social [Anses], 2010). Lo paradójico de este caso es que esta moratoria, con el paso de los años, ha sido conocida en el decir común como la “jubilación de amas de casa”, siendo que no se menciona ni a las mujeres ni al labor doméstico y de cuidado desarrollado en el hogar.

Ley 26.970: Sistema Integrado Previsional Argentino - 2da etapa del Plan de Inclusión Previsional

El 2 de julio de 2014 fue sancionada la Ley 26.970 (O.D. Nº 244/14) (Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, 2014) que permitía regularizar aportes previsionales del periodo 1993-2003, a través de un plan de pago de 60 cuotas, destinada principalmente a autónomas/os y monotributistas con edad de jubilarse –65 años los varones y 60 las mujeres–. Este resulta ser un punto clave, ya que podían acceder aquellos/as trabajadores/as autónomos/as14 que estén inscritos o no en el Sistema Integrado Previsional Argentino –SIPA–.

Para acceder a esta prestación solo bastaba con haber cancelado una cuota15 del régimen de regularización de deuda y que la Administración Nacional de Seguridad Social –Anses– determinara el derecho a esta prestación, luego de haber hecho una evaluación socioeconómica y patrimonial para asegurarse que estas prestaciones beneficien al sector de la población más vulnerable. Esto estimuló un impacto redistributivo al ser una medida orientada a garantizar la jubilación y, con esto, una cobertura médica a personas que no podían hacerlo por el alto costo de la deuda previsional. Asimismo, la moratoria permitió un incremento en la recaudación impositiva por los aportes y contribuciones que contribuyeron a la sustentabilidad financiera del sistema (Anses, 2010).

El punto clave a resaltar en este apartado es que esta moratoria –al igual que la anterior–, no hace mención a la mujer trabajadora como beneficiaria, sino que usa el masculino genérico para referirse al conjunto de beneficiarios/as (Art. 1, Art. 2, Art. 3, Art. 4, Art. 6 y Art. 10). Pero, durante la sesión ordinaria del 2 de julio de 2014, en la que se trató la ley, se hizo referencia constante al ama de casa, junto a su reciente visibilización por parte del Estado y una valoración hacia la tarea realizada.

Ley 27.26016: Pensión para el Adulto Mayor – Ley de Reparación Histórica

El 29 de junio de 2016 se sancionó la Ley 27.260 (Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, 2016), también conocida como Ley de Reparación Histórica. Esta es una de las primeras medidas adoptadas en el ámbito previsional por el gobierno de corte neoliberal de Mauricio Macri y reemplaza al Plan de Inclusión Previsional17 implementado por el kirchnerismo.

Los puntos de quiebre principales corresponden a que esta no es una jubilación, sino una pensión no contributiva; hay un incremento de 5 años en la edad de retiro en las mujeres, no genera derecho a pensión, el monto de esta pensión es del 80 % de la jubilación mínima y tiene un carácter de incompatibilidad con otros beneficios como jubilación o pensión18.

Tal como las normativas anteriores, esta hace uso del masculino genérico. Esto puede observarse al referirse a “los trabajadores” (Art. 5, Art. 10, Art. 12, Art. 16, Art. 55) y “beneficiarios” (Art. 1, Art. 3, Art. 4, Art. 7, Art. 9, Art. 17, Art. 18, Art. 28, Art. 30 y Art. 36). Solo se hace mención a la mujer en el artículo 22, al hacer referencia al incremento de edad mencionado anteriormente.

A pesar de esto, durante la sesión especial del 29 de junio de 2016, en la que se trató la ley, se hizo una referencia constante a los beneficios que trajo en la población adulta el Plan de Inclusión Previsional, especialmente en las amas de casa con el reconocimiento a ellas como receptoras directas.

Análisis de los discursos seleccionados

La exploración discursiva se realiza teniendo como base tres categorías de análisis: los/as sujetos/as, el trabajo y las formas de poder. Estas permiten rastrear los discursos presentes en todo el corpus textual. Es preciso señalar que al pretender una claridad expositiva se abordaron de manera separada –leyes y diarios de sesiones–, a pesar de tener una relación de complementariedad.

Construcciones discursivas

Los seis textos analizados –tres leyes y sus correspondientes diarios de sesiones de la Cámara de Senadores de la Nación– hacen referencia a diversos sujetos y para este artículo se seleccionaron aquellos relevantes en función de los objetivos del estudio. En este apartado se podrá observar cómo se construyen discursivamente las/os sujetas/os –mujeres/ hombres19 y su rol como trabajadoras/es–.

Las leyes

Como pudo observarse, en las leyes mencionadas no se hace alusión al género como un adjetivo del trabajo; las representaciones lo unen con la tarea realizada por el varón en el mercado laboral (los trabajadores). Esta construcción discursiva llevada a cabo mediante la omisión o la ausencia repercute en la idea de identidad y poder: el género femenino es inferido, dado por sentado y ajeno al trabajo. En ninguno de los textos de las leyes analizadas se nombra a las mujeres, por lo que se podría deducir que aparentemente no son las receptoras de estos discursos. Solo se las contempla como parte interlocutoria y como destinatarias de las moratorias en los discursos hablados en las sesiones ordinarias correspondientes a las mismas, como se mostrará más adelante.

En la indagación de las fuentes documentales mencionadas, se observaron vacíos/omisiones en relación con la mención de las trabajadoras, que desde estos silencios permiten hacer foco con el análisis discursivo de los textos escritos –Ley 25.994, Ley 26.970 y Ley 27.260–. Al respecto, Erica Burman y Geoff Bunn (2011) explican que cada texto se desarrolla en un contexto histórico, social, cultural y político, lo que conlleva a una práctica reflexiva que motiva a darles significados a aquello que no se nombra (silencios), como a lo que sí (presencias); es decir, cada discurso manifiesta ausencias y/o puede omitir a otros o, como en este caso, a otras.

Si bien el mayor porcentaje de beneficios fue otorgado a las mujeres, las leyes descritas no las mencionan, sino que, por el contrario, recurren al masculino genérico para referirse a ambos sexos, como “los trabajadores” y “los beneficiarios”, un claro ejemplo del sesgo androcéntrico en el lenguaje (Eichler, 1991). En otras palabras, el masculino genérico aparece como una categoría ontológica de orden natural. Las leyes, al optar por este modo de presentar a los/as sujetos/as como un “todo”, no deconstruyen ni al sexo, ni al género, sino a un ser inmutable, indefinible e indescifrable. Sin poner en consideración la pericia de quienes redactan las leyes, es necesario señalar algunos puntos consecuentes de estos silencios y usos genéricos del lenguaje.

La decisión de usar el genérico lleva a asumir un corte determinante, fijo. Asimismo, al usar al masculino como abarcativo de todos/as los/as sujetos/as se corre el riesgo de darle cierto status a los varones y ser reduccionista ante las mujeres20. Es decir, abordar al género como algo neutral lleva a tratar igual a los/as diferentes, lo que conduce a incrementar la desigualdad (Dema Moreno, 2000). De este modo, se transformaría una categoría abstracta en una entidad material que determina exclusiones, ya que restringe a solo uno las posibilidades: al trabajador. Es así que al transformar a las mujeres en elipsis a través de la ausencia o el silencio, se reproduce el sistema heteropatriarcal. Lo que da cuenta de que es el patriarcado el que jerarquiza y crea los géneros (Amorós, 1992).

El no ser nombradas las mujeres en ninguno de los textos permite dar cuenta de que las políticas aún no superan ese enfoque y que no se proponen alternativas conceptuales ni epistémicas del mismo. Asimismo, esta omisión no fomenta la visibilización de los aportes de ellas al sistema capitalista e incluso su reconocimiento.

Es importante atender este punto de análisis, ya que permite dar cuenta de la complexión social e histórica de las subjetividades, que influye en la sociedad promoviéndolas. Así, por ejemplo, en el caso analizado, el Estado construye a partir de la omisión y la ausencia –los silencios– el concepto de no trabajadora.

De esta manera, se puede observar cómo es el lenguaje el que afecta en el modo en que los/as ciudadanos/as se desenvuelven como hombres o mujeres, en cómo aquellos/as no nombrados/as son identificados en el antagonismo, en el contraste. El uso del genérico masculino conlleva también a lo lineal, a dejar de lado lo distintivo y lo complejo, no permite la clasificación e, incluso, definición de los grupos.

Diario de sesiones

En el caso concreto de los diarios de las sesiones ordinarias –y especiales– de las leyes 25.994, 26.970 y 27.260, se identifican que sexo y género aparecen como complementarios e incluso derivados. Es presentado lo biológico como determinante de lo cultural y lo individual de lo social. Es que la construcción de identidades (mujer/hombre/otres21) determina las relaciones sociales y, específicamente, laborales (trabajadora/trabajador). Otro punto a analizar es que en los distintos discursos se hizo referencia a lo imperativo que es que el rol de la mujer sea revalorado –pero, a pesar de esto, no está detallado en la ley–. En este sentido, nuevamente, es necesario mencionar los silencios en torno a la construcción discursiva de las trabajadoras.

Es interesante, además, observar y hacer una caracterización de la construcción discursiva de los varones, cómo se presentan a las mujeres y cuáles son las consecuencias derivadas. En este sentido, los/as distintos/as senadores/as trataron de mostrar un compromiso, defensa y promoción del reconocimiento del ama de casa y su trabajo al promover cambios en ciertos patrones socioculturales. Esto puede observarse también en que todos/as aquellos que se refirieron a la moratoria, lo hicieron mediante el uso de la denominación coloquial de la misma: “jubilación de amas de casa”.

Ahora bien, en este trabajo no registrado, las que más han sufrido son las mujeres y ha quedado absolutamente demostrado con lo que ha pasado en la moratoria anterior, donde el setenta y pico por ciento de los que se han acogido a esa moratoria han sido, justamente, mujeres. Por eso, estoy convencida de que ésta debería ser una de las banderas que las mujeres defendamos; debería ser uno de los grandes temas que hasta en la Banca de la Mujer se tendrían que haber ocupado. Leí en las espaldas de algunas de las chicas que están por ahí arriba que ser ama de casa es trabajo. Y vaya que sí lo es. Creo que no hay otro trabajo que merezca mayor reconocimiento por parte de la sociedad que el trabajo de ama de casa, y no solamente por todo lo que hace en la casa sino también por lo que hace por los valores de los chicos, por la educación, por la sociedad toda. Tanto estamos convencidos de esto que en el año 1993, época en la que se estaba privatizando y cuando se veían los vientos desde otro lado, se sancionó la ley 24.476, por un proyecto que obraba en el expediente 4.503/93. Fue el primer proyecto que se presentó de jubilación de amas de casa y de una moratoria para jubilar a las amas de casa. Claro que estamos convencidos de esto. (Senadora Silvia Elías de Pérez, Diario de sesiones de la Cámara de Senadores de la Nación, 2 de julio de 2014)

No me puedo olvidar de la jubilación a la ama de casa, porque trajo tantas satisfacciones en mi provincia. Fueron tantas mujeres que nunca se hubieran imaginado en su vida poder cobrar una jubilación por ese trabajo de ser ama de casa. Además, teníamos la pensión no contributiva para mayores de 70 años. Creo que eso sí era reparación histórica. (Senadora Liliana Fellner, Diario de sesiones de la Cámara de Senadores de la Nación, 29 de junio de 2016)

Como puede observarse, los/as senadores/as hicieron hincapié en sus exposiciones en las tareas invisibles realizadas por las mujeres dentro del hogar, su constante vulnerabilidad socioeconómica y el reconocimiento como “trabajadoras” otorgado a través de esta moratoria. Este es un contraste con la primera medida –Ley 25.994–, en la que ni en el texto de la normativa ni en la sesión se hizo alusión alguna a la mujer. Solo una efímera distinción al no usar el masculino genérico, que a los fines de este artículo no es analizable:

Señor presidente: simplemente voy a pedir la inserción de mi discurso. Este es un tema fundamental y es una muy buena noticia que les estamos dando a miles de argentinos y de argentinas. No tuvimos éxito con la libre opción, pero creo que esto es un avance positivo. (Senador Rubén Giustiniani, Diario de sesiones de la Cámara de Senadores de la Nación, 16 de diciembre de 2004)

Los discursos también tuvieron un sesgo de reclamo/denuncia, cuya finalidad era darles mayor notoriedad a las amas de casa con edad de retiro que resultaron ser las más beneficiadas –sin que las leyes así lo dispusieran–.

(…) Me refiero específicamente a las mujeres amas de casa. Porque normalmente figuran, en todas las estadísticas, cuando se hace una encuesta en un hogar, que fulano de tal trabaja, es contador, y cuando se le pregunta a la mujer, si es ama de casa, se pone al lado “no trabaja”. Y esa mujer realiza una tarea que no tiene horarios, que cuida a los hijos, que lava todo lo que tiene que lavar después de que se come, que pone la mesa, que limpia la casa, y no cobra nunca (…) después de 2003, se aplicó el mismo criterio, porque las mujeres que no podían aportar eran trabajadoras que no cobraban; no figuraban en el producto bruto y efectuaban un trabajo silencioso sin el cual sería imposible de imaginar la sociedad en su mecanismo normal. Entonces, es un acto de profunda justicia que aparezca esta jubilación sin aportes para la mujer y que esas mujeres ahora ya no sean de una o de dos provincias, sino que pasen a ser millones de mujeres que accedan a un acto de justicia. (Senador Salvador Cabral, Diario de sesiones de la Cámara de Senadores de la Nación, 2 de julio de 2014)

En esta sesión, la participación del senador Aníbal Fernández con relación a este tema fue breve: “[solicito] hacer un reconocimiento porque se encuentra presente en las galerías un grupo de compañeras del sindicato de amas de casa”. El político hizo mención a “las compañeras”, esto puede remitirse a dos significados: por un lado, refiere a una visibilización de su tarea, un reconocimiento a ellas como sus semejantes; por otro lado, refiere a una expresión de corte político usada para expresar unidad en la lucha por un objetivo común. Esta clara mención también enuncia que son las amas de casa las receptoras, a pesar de no estar acordado en el texto de la ley. En este caso, es el Sindicato de Amas de Casa el que se muestra como receptor directo que trabaja y lucha por los derechos y visibilización de este grupo.

Por esto, se deduce a las amas de casa ancianas como sujetas inferidas a través de una construcción discursiva de “asistencialismo” constante en el hogar, al resaltar los condicionantes que impiden un pleno empleo en el mercado laboral por su carga familiar.

Presidente, seguro vamos a votar positivo esto. No podemos estar en contra de esto, porque sin duda habrá mucha gente contenta: mujeres que quizá perdieron el trabajo, mujeres que trabajaron una vida al lado del hombre, que fueron madres, amas de casa y que hoy con poco se van a poder jubilar. (Senadora Sigrid Kunath, Diario de sesiones de la Cámara de Senadores de la Nación, 2 de julio de 2014)

Otra de las cosas importantes, y eso debemos rescatarlo, es la cuestión de género porque de la totalidad de las personas que pudieron ingresar en estas moratorias más del 70 por ciento son mujeres. Había un inconveniente importante por parte de las mujeres para poder ingresar y el tema de las empleadas de casa de familia, etcétera, fue ayudando a que ese porcentaje hoy prácticamente comience a igualarse. Esto es realmente muy saludable. (Senador Julio Martínez, Diario de sesiones de la Cámara de Senadores de la Nación, 2 de julio de 2014)

En tal sentido, la presencia constante de construcciones discursivas en torno al ama de casa y las referencias a su labor pueden significar cierto avance en el reconocimiento socioeconómico de las tareas de cuidado y domésticas como trabajo, más no el suficiente como para ser manifestado explícitamente en los textos de las normativas.

Asimismo, salta a la vista cómo también hay quienes tratan acoplarse al uso de estas construcciones discursivas, pero en definitiva lo que hacen es divulgar el falso ideal de que las tareas del ama de casa tienen valor remunerado, cuando recién se realizan en el ámbito público.

Todos estamos de acuerdo en reconocer el trabajo que pudieron haber tenido, algunos en blanco, otros en negro; algunos que perdieron el trabajo o que estuvieron trabajando mitad en blanco y mitad en negro. También, más allá de las amas de casa, mucha gente trabajó haciendo empanadas, vendiendo en su casa o vendedores ambulantes, hasta aquellos que trabajaban delante de un semáforo haciendo algún entretenimiento para hacerse de algún dinero. (…) La señora ama de casa lavando o planchando para otro o el vendedor ambulante, todos trabajaron. (Senador Roberto Basualdo, Diario de sesiones de la Cámara de Senadores de la Nación, 2 de julio de 2014)

En sintonía con este planteamiento, asimismo se puede observar una construcción discursiva que erige la percepción de una mujer dependiente del Estado, destinataria pasiva de una ayuda que no es en realidad transformadora, debido a que no se emancipa plenamente ni resalta su autonomía:

En este caso, estamos hablando de un Estado presente que entiende que tiene que hacerse cargo, que tiene que acompañar y que de alguna manera tiene que facilitarle a ese sector un derecho tan importante como la jubilación. Ni hablar de importe del haber jubilatorio. Todavía recuerdo a mi madre yendo a cobrar su jubilación y viniendo con las moneditas y separando para poder pagar cada una de sus cuentas y esto era todo lo que tenía. (Senadora María Higonet, Diario de sesiones de la Cámara de Senadores de la Nación, 2 de julio de 2014)

Desde la implementación de la primera moratoria hasta la actual Pensión para el Adulto Mayor, en los discursos presentados puede observarse una mayor sensibilización y reconocimiento a la labor y papel que ocupa el ama de casa dentro del hogar; se percibe un cambio en las representaciones acerca de la definición de trabajo. A pesar de que esto abre un nuevo campo de intervención que va más allá del ámbito privado del hogar, sigue aún sin abordarse ni regularse específicamente el tema del trabajo de cuidado y doméstico no remunerado.

También es cierto que las construcciones discursivas extraídas de las sesiones mencionadas muestran a modo de crítica al ama de casa como un antónimo de ciudadana, al corresponder el primer término al ámbito privado y el segundo a lo público. Si bien en los discursos se trata de marcar una conexión entre lo público-privado, se deduce que lo doméstico –privado– obstaculiza el ejercicio de la ciudadanía –público–.

¡Miren qué casualidad! ¿Cómo se conoce la moratoria previsional? No se jubilan sólo amas de casa, pero todo el mundo se refiere a la jubilación de amas de casa. ¿Saben qué? No es sin contribución. Las mujeres contribuyen con su laburo todos los días, encima no les pagan y dicen que es sin contribución. La OIT dice que el trabajo de las amas de casa en el mundo, pero en el caso de la Argentina, representa el 35% del producto bruto interno. Dice: “Ojalá que algún día se pague”. (Senadora Beatriz Mirkin, Diario de sesiones de la Cámara de Senadores de la Nación, 29 de junio de 2016)

Por último, es imperativo resaltar que en las sesiones se mencionaron a las mujeres en su rol de ama de casa, pero ninguno/a de los/as senadores/as hizo alusión a la realidad de desempleo, subocupación y precariedad laboral que ellas atraviesan en su vida económicamente activa, lo que también conlleva a que no puedan completar sus aportes previsionales. Entonces, al relacionar discursivamente el trabajo de las mujeres inmediatamente con las tareas de cuidado y reproductivas, consecuentemente se cae en los esencialismos de un ideal patriarcal de lo femenino. En cierto modo, con estas construcciones se hace alusión al ser ama de casa como parte constitutiva de la identidad de la mujer y no como un aspecto externo a ella, una consecuencia de las realidades/decisiones/imposiciones aceptadas al asumir este rol. En estos discursos se identifica a una única imagen de mujer, que deja de lado cualquier referencia de autonomía ajena al ámbito familiar, es decir, no hay alusión a alguien emancipado y libre, sino a un ama de casa sumisa y esclava de los quehaceres del hogar.

No nos olvidemos de que, como acá se mencionó –bien se dijo– el 73 por ciento de estos beneficios han sido para mujeres. Por lo que dijo el senador Cabral. Ahí van a un censo y preguntan: “¿Ella de qué trabaja?”. “No: ella es ama de casa, nomás”. A veces son las visiones, yo digo, porque es la que más trabaja. Siempre recuerdo un cantor brasileño –no sé si lo había dicho ya alguna vez–, que decía que las mujeres eran el sexo frágil. Pero él decía “qué mentira más absurda”. “Porque cuando llego a mi casa lo primero que le reclamo es que me atienda. Pero después está mi hijo también, que está llorando por ella, y hay otro que le está pidiendo el pecho y otro que está jugando. Y así, cuatro hombres dependemos de la esforzada mujer.” Por eso, afirmaba: “Dicen que la mujer es el sexo frágil, pero qué mentira tan absurda”. Qué absurdo, señor presidente, que la persona que más trabaja no tenga el registro de su esfuerzo. Por eso, creo que esto es un acto de estricta justicia social. Me alegra muchísimo el acompañamiento de todos los bloques a la propuesta que ha hecho la presidenta, que es la presidenta de todos los argentinos, y que, por supuesto, como madre, también tiene que tener este alto sentido de solidaridad y de amor hacia el prójimo. (Senador José Mayans, Diario de sesiones de la Cámara de Senadores de la Nación, 2 de julio de 2014)

Es notable cómo han ido mutando las construcciones discursivas en torno a las moratorias y la posterior Pensión Universal para el Adulto Mayor:

La evolución de las construcciones discursivas en relación al ama de casa, su trabajo y sus derechos recorrieron un camino similar a la trayectoria de un boomerang. Partió de la nada, de una ley que no la tuvo en consideración en ningún momento –ni en su texto escrito o en la sesión en la que se abordó–. Avanzó en una externalidad positiva hacia su reconocimiento como ciudadana, trabajadora y merecedora de derechos como tal. No obstante, aterrizó casi en el mismo lugar del que despegó: en una nubilosa de incertidumbre al no saber si será –o no– reconocida como trabajadora y, con esto, alcanzar el derecho que todo/a trabajador/a pasivo/a logra: una jubilación.

Quizás esta involución se deba en parte a que aún estos discursos están construidos con la consideración del binomio “espacios privados versus espacios públicos”. Es decir, las construcciones discursivas se erigen con el ideal cultural del ama de casa que provee su fuerza de trabajo en el ámbito privado del hogar y una notoria ausencia en las medidas mencionadas; su ausencia está normalizada. Se puede observar, entonces, que las omisiones, los silencios y las palabras nunca son neutrales ni inocentes.

Reflexiones finales

En los textos analizados –leyes y diarios de sesiones– lo no dicho mediante el silencio y las omisiones erige un modo de ver y comprender aquello que nos rodea. En este sentido, los silencios evidenciaron la falta de interrelación entre lo público y lo privado, en especial en lo referido a las mujeres, la labor como amas de casa y su reconocimiento como trabajadoras merecedoras de derechos.

En consideración a lo planteado, se puede observar que tanto el Plan de Inclusión Previsional, la segunda parte de este y la Pensión Universal para el Adulto Mayor están pensadas sin una perspectiva de género para un colectivo genérico de trabajadores y no toma en consideración las especificidades y singularidades de las mujeres –ni de otro grupo–. No se debe olvidar que es el género el que en una sociedad patriarcal se vuelve norma social, son estos indicadores sexo-género los que jerarquizan patriarcalmente (Amorós, 1992).

En vez de ampliar el ámbito de aplicación con el detalle de los distintos grupos a los que están dirigidas las medidas, confunde su interpretación al dejar invisibilizadas y, por ende, sin amparo a las mujeres. Ahora bien, mientras esto se manifiesta en los textos de las leyes, en las sesiones ordinarias se resaltan las construcciones discursivas en relación con el ama de casa y la relevancia de su trabajo no remunerado –con ello, la necesidad de un reconocimiento mediante un haber jubilatorio–. En los discursos presentados en las sesiones hubo cambios: las amas de casa no son quienes realizan quehaceres por amor, sino que es en realidad trabajo no pago. Se reconoció la deuda que el Estado tiene con ellas. De ahí la necesidad de que las leyes no estén hechas para un gran grupo homogéneo que, en simultáneo, sea reduccionista, sino que evalúe las diversidades, las minorías.

Con este artículo se pretendió poner en consideración cómo estas tres políticas sociales están atravesadas por tres dimensiones sin tenerlo entre sus objetivos: la política –propiamente dicha–, ya que subyace la división sexual del trabajo (Picchio, 1994), la estructural –por la existencia de la figura del dominador/dominado– y la interpersonal –que a través de las experiencias sociales colectivas también se reproducen las subjetividades–.

Con este análisis crítico del discurso se intentó mostrar cómo las construcciones discursivas de estas moratorias permitieron crear marcos interpretativos e intervenir sutilmente en la valoración como trabajo de las tareas de las amas de casa. Con su implementación, el Plan de Inclusión Previsional permitió operar como un timón interpretativo de la realidad, que asintió una nueva conformación de representaciones y construcciones discursivas, con nuevos posicionamientos.

También resulta imperioso resaltar que una de las principales consecuencias del silencio/omisión de las mujeres en los textos de las leyes es el de seguir circunscribiéndolas en lo privado, invisibilizando su trabajo y sus aportes silenciosos para el Estado que las omite.

Sin pretenderlo, en las sesiones de estas normativas –después de casi 15 años– quedó evidenciado que se están modificando algunas estructuras de significación, lo que a futuro permitirá generar mayor acción social y un impacto en los/as beneficiarios/as de las mismas. Aun así, a las palabras se las lleva el viento y es necesario que las leyes sean creadas con una perspectiva de género y que esta quede fijada en el papel.

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Notas

1 Es importante subrayar que las cifras estadísticas oficiales suelen reflejar un cierto modelo de domesticidad y de familia patriarcal, cuyo proveedor es el marido/padre (Arbaiza Vilallonga, 2000). En Argentina, por ejemplo, recién en el Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas de 2001 se presentan las tasas referidas al trabajo según sexo.

2 Como se expone en otro apartado del texto, la jubilación de ama de casa es una expresión coloquial que atañe a una medida que permite a quienes no han podido realizar aportes previsionales acceder a una jubilación.

3 La selección de las fuentes documentales que constituyen este análisis fue delimitada por los textos relativos a las llamadas “jubilaciones de amas de casa” y aquella ley que las reemplazó. Se identificaron como el corpus textual, ya que son las únicas que abordan al Plan de Inclusión Previsional y a la Pensión Universal para el Adulto Mayor.

4 En este artículo se adoptará esta denominación para todas aquellas mujeres dedicadas a tiempo completo a realizar tareas domésticas y de cuidado.

5 Hay una cuantiosa producción científica relacionada a la necesidad de valoración del cuidado como trabajo. Para tener una visión más amplia al respecto, es oportuno consultar obras como “Invisible Welfare State of care” (Wærness, 1978), “A labour of love: women, work and caring” (Carrasco et al., 2011) y trabajos de Finch y Groves (1983), Graham (1983), Ungerson (1983) y Hochschild (1983).

6 Molyneux hace una observación a lo postulado por Delphy al señalar que la autora redujo su planteamiento a las relaciones matrimoniales y no puso en análisis la opresión que genera en este sentido la maternidad (1994).

7 El pago del salario familiar es algo reciente y es considerado como un logro, debido a que se supone una forma de valoración de ese trabajo doméstico que permite la existencia de una fuerza de trabajo para ser vendida en el mercado laboral. En este sentido, los salarios “debían ser pagados en base a la familia, y preparó el camino para el concepto más moderno de que en el cuidado de los niños y en el trabajo doméstico la mujer casada realiza una contribución económica importante” (Pinchbeck, 1930, pp. 312-313; Hartmann, 1996, p. 275). Lo cierto es que este modelo también debe ser cuestionado porque, tal como afirman Barrett y McIntosh, la idea de que el salario de las mujeres era secundario tuvo como consecuencia empujar a las mujeres solas a la pobreza severa (1980, p. 59).

8 Solo el empleo tiene protección social, por lo que es plausible inferir las desigualdades de género surgidas por la escasa participación en el mercado formal del trabajo (Guillén, 1999, p. 318).

9 En este artículo se adoptará la conceptualización de políticas sociales de Oszlak y O’Donnell (1982), quienes las consideran como un conjunto de acciones que determinan una cierta intervención del Estado en cuanto a la atención, interés o movilización de actores en la sociedad. Los/as destinatarios/as de las políticas es la población, por ende se hacen realidad como derechos humanos.

10 Kate Millet define a la política hegemónica como “aquella actividad que toma lugar entre las estructuras gubernamentales establecidas y las relaciones sociales subyacentes basadas en el poder, donde un grupo de personas es controlado por otro” (1971, p. 23).

11 Por el artículo 1° del Decreto N°1451/2006 B. O. 23/10/2006 se prorroga la vigencia de esta ley hasta el 30 de abril de 2007.

12 En el inicio del gobierno de corte populista de Néstor Kirchner (2003-2007), el 21,5 % de la población estaba desempleada; mientras que de quienes tenían empleo, un 49,2 % no realizaba aportes. Asimismo, la cobertura previsional rondaba el 60 %; es decir, el 40 % de la población adulta mayor estaba desprotegida (Anses, 2010).

13 Administradoras de Fondo de Jubilaciones y Pensiones. Su función radicaba en administrar aportes jubilatorios realizados por los/as trabajadores/as.

14 Se entiende como trabajador/a autónomo/a a aquel/la sujeto/a considerado/a como tal por la Ley 24.241 y sus modificatorias.

15 El plan de regularización podía contar con 60 cuotas. A partir de la primera cuota vigente desde el otorgamiento de la prestación, las restantes les eran descontadas del haber jubilatorio.

16 En el marco del Programa Nacional de Reparación Histórica de los Jubilados y Pensionados.

17 El PIP permitió universalizar el acceso a la seguridad social con una cobertura de casi el 100 % de las mujeres mayores de 60 años y hombres mayores de 65 años (Instituto Nacional de Estadística y Censos [Indec], 2015).

18 Es necesario mencionar que en marzo de 2018 se estipuló una nueva fórmula para el cálculo de la movilidad de jubilación y pensiones al sustituir el artículo 32 de la Ley Nacional del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones N° 24.241 por el artículo 1 de la Ley N° 27.426. El artículo 32 de la Ley 24.241 establecía aumentos semestrales que surgían de la combinación de aumentos salariales generales medidos por el Indec. En contrapartida, el artículo 1 de la Ley 27.426 –que reemplaza al artículo 32 de la Ley 24.241– establece que “la movilidad se basará en un setenta por ciento (70 %) en las variaciones del nivel general del índice de precios al consumidor nacional elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) y en un treinta por ciento (30 %) por el coeficiente que surja de la variación de la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE), conforme la fórmula que se aprueba en el anexo de la presente ley, y se aplicará trimestralmente en los meses de marzo, junio, setiembre y diciembre de cada año calendario”.

19 En este artículo se adopta la postura de Celia Amorós (1992) respecto al uso del masculino y femenino como genéricos. La autora explica que éestos no son abstractos, ya que no solo designan a un grupo de personas, sino que tienen connotaciones sociales específicas.

20 A los propósitos de este artículo, el enfoque está dado en el rol de la mujer, pero es necesario recalcar que hay grupos que no se sienten parte de estos esquemas binarios y, tal como se ha podido observar en los textos presentados, no se propone una alternativa a esa construcción discursiva.

21 Se hace alusión a individuos no binarios y personas transgénero. Debido a la posibilidad de incurrir en un mal uso del lenguaje inclusivo, se optó por utilizarlo solo en este caso, pero se reconoce la necesidad de su empleo.

* Artículo de investigación
El presente artículo es una síntesis de los resultados obtenidos de la investigación en la que se sustenta la Tesis Doctoral realizada para el Doctorado en Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Cuyo (Mendoza, Argentina).

Notas de autor

aAutora de correspondencia. Correo electrónico: tatianamariselpizarro@gmail.com

Información adicional

Cómo citar este artículo: Pizarro, T. M. (2022). Entre omisiones y silencios. Reflexiones con relación a la construcción discursiva del “yo trabajadora” del ama de casa en políticas sociales argentinas. Signo y Pensamiento, 41. https://doi.org/10.11144/Javeriana.syp41.osrc

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