Acompañamiento pastoral y crisis matrimonial: una mirada interdisciplinar *
Pastoral Accompaniment and Marriage Crisis: An Interdisciplinary View
Ángela María Sierra González , João Pedro Serra Mendes Bizarro
, Yefren Díaz López
Acompañamiento pastoral y crisis matrimonial: una mirada interdisciplinar *
Theologica Xaveriana, vol. 74, 2024
Pontificia Universidad Javeriana
Ángela María Sierra González a angela.sierra@javeriana.edu.co
Pontificia Universidad Javeriana, Bogotá , Colombia
João Pedro Serra Mendes Bizarro
Universidade Católica Portuguesa, Portugal
Yefren Díaz López
Pontificia Universidad Javeriana, Bogotá, Colombia
Recibido: 15 diciembre 2023
Aceptado: 03 mayo 2024
Resumen:
Este artículo, resultado de la investigación “Acompañamiento integral a las parejas en el proceso de nulidad matrimonial”, pretende abordar, desde una perspectiva pastoral, la importancia del acompañamiento en un momento coyuntural como es la culminación del compromiso matrimonial, a partir de las recomendaciones dadas por el papa Francisco desde la exhortación apostólica Amoris laetitia y el motu proprio Mitis et misericors Iesus. Dichas recomendaciones exigen a los encargados de la pastoral matrimonial parroquial una aproximación interdisciplinaria en la búsqueda del bien posible al momento de acompañar integralmente. La reflexión también se extiende ala manera como se acompaña en momentos de crisis y se plantea la necesidad de un trabajo articulado entre los diferentes actores relacionados con la pastoral matrimonial y los profesionales de otras disciplinas, con el fin de favorecer el discernimiento y la mediación permanente en las parejas. Es fundamental confrontar no solo el propio sufrimiento personal, sino también el de la pareja. Esto implica, inicialmente, partir del reconocimiento de ambas vulnerabilidades y la necesidad de un acompañamiento particular que, desde la vocación matrimonial, la experiencia de fe y la cotidianidad de la vida en pareja, proponga alternativas y compromisos prácticos que promuevan la superación de los conflictos antes de plantear la posibilidad de una separación inminente. En los casos más críticos, se considera el proceso canónico de nulidad matrimonial.
Palabras clave:Acompañamiento pastoral, crisis matrimonial, discernimiento, nulidad matrimonial, interdisciplinariedad.
Abstract:
This article is a research result concerning the “Comprehensive Accompaniment for Couples in the Annulment Process”; it pretends to address, from a pastoral perspective, the importance of accompaniment during a pivotal moment marital commitment culmination, based on the outlined recommendations presented by Pope Francis document: Apostolic Exhortation Amoris Laetitia and Motu proprio Mitis et Misericors Iesus. These recommendations call upon those, involved in parish marriage pastoral care, to adopt an interdisciplinary approach seeking the best possible outcome when providing comprehensive accompaniment. The reflection also considers how to accompany couples during times of crisis and emphasizes the need for collaborative efforts between the different related actors with marriage pastoral care and, also, professionals from different disciplines in order to favor discernment and permanent mediation with couples. It is essential to confront not only one’s own personal suffering, but also the couple´s suffering. This implies, initially, the recognition of both vulnerabilities and the need of a particular accompaniment that, from the marital vocation, the experience of faith and the daily life of life as a couple, propose alternatives and practical commitments that promote the overcoming of conflicts before raising the possibility of an imminent separation. Although, in the most critical cases, the canonical process of marriage annulment could be considered.
Keywords: Pastoral accompaniment, Marital crisis, Discernment, Marital annulment, Interdisciplinarity.
Introducción
Este artículo, resultado de la investigación “Acompañamiento integral a las parejas en el proceso de nulidad matrimonial”, se orientó desde el método teológico-pastoral y su procedimiento, ver, juzgar y actuar 1 . En la reflexión se involucra una muestra 2 de responsables de algunas diócesis y tribunales eclesiásticos de Portugal, España, Canadá, Estados Unidos, Puerto Rico, Colombia, Venezuela, Ecuador, Chile, Perú, Brasil y Argentina. Estos participantes, desde su experiencia, se acercan a la verdad sobre la validez o no del sacramento del matrimonio desde una perspectiva pastoral del derecho canónico, respaldada por sólidos conocimientos en este ámbito matrimonial.
El escrito aborda la importancia del acompañamiento integral, tanto a parejas que se encuentran en proceso de nulidad como aquellas que están viviendo una crisis y aún no han tomado alguna decisión 3 . Estas parejas se encuentran inmersas en el contexto eclesial, lo cual plantea desafíos para quienes trabajan en la pastoral matrimonial y familiar.
Consideramos que este acompañamiento debe basarse en la perspectiva de misericordia, principalmente en el proceso de nulidad matrimonial 4 , invitación que Francisco planteó desde el inicio de su pontificado. Esta promueve un enfoque procedimental que abarca las etapas de ver, juzgar y actuar, fomentando una colaboración interdisciplinaria entre los encargados de la pastoral matrimonial, los tribunales y profesionales de otras disciplinas. Se reconoce que las parejas, desde su inteligencia y experiencia de fe, enfrentan sus propias crisis de “la forma racional y científica que es propia al entendimiento humano” 5 . En este sentido es ideal que la misma dinámica de acompañamiento los conduzca a afrontar la situación desde la madurez tanto emocional como espiritual.
De aquí se sigue la importancia de posicionar la formación para el acompañamiento antes, durante y después del proceso de nulidad matrimonial en ámbitos educativos –como universidades e institutos– donde se forman los futuros sacerdotes y/o laicos interesados en participar de la pastoral matrimonial. Existe una urgencia eclesial en lo que respecta al ámbito canónico en cuanto a celeridad y eficacia. Así lo afirma Kasper citado por Mur:
Los procedimientos canónicos en cuestiones matrimoniales necesitan ser reorientados espiritual y pastoralmente […] no estamos abogando con esto en favor de una gestión más laxista o de una mayor liberalidad en las declaraciones de nulidad matrimonial, sino más bien deseamos que se simplifiquen y se aceleren estos procedimientos y, sobre todo, que se sitúen en el marco de coloquios pastorales y espirituales, en el contexto de un asesoramiento de tipo pastoral y espiritual, en el espíritu del buen pastor y del samaritano misericordioso. 6
El aporte de la teología, la psicología y el derecho canónico a la pastoral matrimonial se ve impulsado y motivado inicialmente por la aproximación al proceso prejudicial. Este indica que “toda la actividad jurídica en la Iglesia es ‘pastoral’ porque está orientada a ese fin último o ley suprema de todo el ordenamiento canónico: la salus animarum (can. 1752)” 7 . En esta lógica, el acompañamiento desde la parroquia, que guía el discernimiento de la pareja a partir de sus propias crisis y dudas en relación con la validez de su matrimonio puede llegar a ser asumido en última instancia como una actividad prejurídica en caso de que exista fundamento para que uno de los cónyuges o la pareja decida solicitar el proceso de nulidad matrimonial.
La responsabilidad del obispo, que comparte con los párrocos y su equipo, si este se encuentra constituido, es orientar la experiencia bautismal de la comunidad en medio del acontecer de la vida cotidiana, para superar las dificultades, incluso si se presentan crisis o desavenencias. De ahí que resulta pertinente que las parroquias conformen dicho equipo de pastoral familiar de manera interdisciplinar, para conocer y fortalecer las relaciones de pareja de la comunidad y promover espacios de prevención para acompañar en la construcción eclesial desde la ministerialidad matrimonial en su calidad de Iglesia doméstica.
La reflexión, entonces, se centrará en el tema del conflicto matrimonial, más que en examinar la posible validez del matrimonio, en la línea de apoyar para comprender y superar adecuadamente el conflicto matrimonial desde el acompañamiento propuesto a partir del Concilio Vaticano II y la teología espiritual posconciliar, como lo presenta Cervantes 8 . Según lo planteado por este autor 9 , el acompañamiento pastoral de la crisis matrimonial se caracteriza primero por el acompañamiento misericordioso, que parte de la vulnerabilidad de los cónyuges en la cotidianidad de sus vidas. En este enfoque se reconoce la fragilidad y las dificultades que enfrentan, y se les ofrece apoyo compasivo y comprensión.
Posteriormente, desde una perspectiva evangelizadora, se entiende que la pareja es sacramento de la revelación de Dios. En este sentido se fomenta el ejercicio de la autocompasión y la compasión hacia el otro, lo que contribuye a sanar heridas, liberar de prejuicios, y favorece la madurez en la vida cristiana. Es importante aclarar que es deber de los esposos desde una fe madura buscar continuamente su crecimiento personal y como pareja, en diversos ámbitos –psicológicos, económicos, la formación de los hijos–, y por supuesto, en el crecimiento en la experiencia creyente, especialmente en lo referido al sacramento del matrimonio. Este proceso de interés mutuo y como bautizados demuestra tanto su pertenencia a la Iglesia como la prolongación de su ministerialidad en la construcción de los cimientos de la Iglesia doméstica, desde la comprensión real de lo que significa haber asumido el sacramento y su impacto en la vida diaria.
Acompañamiento pastoral a parejas en crisis
En poco tiempo la familia se ha visto abocada a grandes cambios de diversa índole, algunos positivos y otros que exigen mayor adaptabilidad para no generar traumatismos o incluso violencias. Ya lo menciona Botero 10 al distinguir los nuevos problemas y retos que implica el cambio de época para la familia y para la teología. Estrategias con las que se confrontaban los conflictos del pasado no son funcionales para confrontar los del presente, lo que propicia una desconexión evidente de la vida del cristiano en el matrimonio y brinda pocas respuestas ante sufrimientos reales en las dinámicas relacionales. Si algo necesitan las parejas que asumen un compromiso sacramental es sentir una auténtica compañía por parte de la comunidad eclesial, en especial en esos momentos de confusión, conflicto o crisis. De acuerdo con la lógica del Evangelio, una Iglesia solidaria se hace presente para acompañar en medio de situaciones de vulnerabilidad, según el ejemplo del propio Jesucristo.
Él promueve un retorno al “principio”, como se puede constatar en el Evangelio de Mateo. Al remitirse al fracaso 11 recuerda que Dios une a la pareja desde asuntos vitales que garantizarán la permanencia y felicidad de los contrayentes. Estos son la unidad, la comunión, el diálogo igualitario y el fundamento en la vida y proyecto de fecundidad. Expresar “lo que Dios ha unido, nada lo puede separar” (Mt 19,2-6) ofrece certeza y garantía de un amor respaldado por la esperanza de una fuente eterna y fecunda. Recordemos sus palabras: “No necesitan del médico los fuertes sino los que están mal” .Mt 9,12). Por tanto, no se trata de buscar pecadores o faltantes a la norma, sino de atender a los necesitados de recursos para superar situaciones difíciles, en este caso, de parejas que claman soluciones en medio de situaciones complejas, respuestas desde su experiencia de fe.
Ante tal realidad que se impone, la vocación matrimonial entendida como la decisión libre de la pareja para asumir el proyecto de amor de Dios implica, desde el ser creyente, el reconocimiento de un llamado a la construcción de “una íntima comunidad de vida y amor” 12 ; y, desde la madurez alcanzada en la propia experiencia humana, una respuesta (consciente y libre) que se compromete en la transformación de sus situaciones dolorosas, en fuentes de crecimiento para sí mismos, para sus familias, para la Iglesia. Como bautizados, las situaciones críticas no se pueden desligar de lo que acontece en lo cotidiano y de la experiencia creyente.
Constantemente, las familias –y en ellas, los matrimonios– se ven enfrentados a dinámicas internas diversas, de ajustes emocionales y psicológicos que se aumentan con otras externas, como realidades económicas, sociales y culturales a las cuales se deben adaptar y enfrentar. Situaciones como la guerra, las migraciones, el cambio climático, entre otras, afectan necesariamente las relaciones domésticas como consecuencia del impacto de lo público a lo privado. En el decir de los antropólogos, lo que pasa ad intra de las familias es laboratorio perfecto para analizar lo que pasa en la realidad ad extra 13 .
En un mundo complejo y cambiante, las parejas enfrentan el desafío de asumir responsablemente el sentido de su vocación y resolver las situaciones que se les presentan, en medio de sus circunstancias particulares como pareja, familia y comunidad eclesial. En este contexto, el acompañamiento pastoral en perspectiva de misericordia 14 encuentra un rol de mediación que promueve el discernimiento en medio de sus dificultades, dudas, temores y crisis inevitables, desde la recta interrelación entre fe y razón, experiencia religiosa y experiencia humana.
Añadiremos a esta reflexión el plus de lo que algunos autores llaman el “acompañamiento integral de la pareja” (espiritual y humano). No es tan solo un asunto religioso; también es indispensable introducir otros elementos, como el apoyo psicológico, la asesoría en finanzas, el manejo de las crisis, la formación de los hijos y todas las ayudas que les permitan adquirir herramientas para no tener que llegar a la álgida decisión de separarse y culminar la relación. Una situación difícil puede surgir de varios asuntos, incluso de duelos no resueltos o problemáticas que en su momento no tuvieron solución adecuada.
Estos asuntos se pueden contemplar en una pastoral preventiva en cursos prematrimoniales o espacios de seguimiento a las parejas de novios con propuestas anticipadas. También pueden constituirse en puerta de entrada permanente, donde todos los matrimonios puedan consultar y nutrirse, al crear un ambiente que los invite a formarse para evitar problemáticas que se agravan con el tiempo. El tema es un desafío para el ámbito pastoral. Es ideal que la comunidad eclesial suscite espacios formativos en las diferentes áreas que requieren trabajar los matrimonios que, si no se ejercitan, pueden ser detonantes de conflictos. Según Mur:
Es cierto que la responsabilidad recae principalmente sobre los pastores de almas, pero la responsabilidad de estos es hacer que sea la propia comunidad eclesial la que preste ayuda a los futuros esposos, porque son ellos los que deben animar y estimular el sentido de responsabilidad de la entera comunidad. La tarea de los pastores es la de conformar, constituir la comunidad, ejercitando el propio munus de la Palabra, de los sacramentos, del testimonio. 15
Este tipo de acompañamiento incluye los aportes y el diálogo de profesionales con otras disciplinas, el cual favorece la posibilidad de tener herramientas para el discernimiento, la invitación constante de Francisco. La perspectiva desde lo interdisciplinar es de gran ayuda para formar conciencias y en este sentido acompañar no es indicar el camino a seguir o determinar acciones desde fuera, o a manera de consejo.
El matrimonio constituido por dos confirmados está en la capacidad de dilucidar los elementos importantes para tomar las decisiones correctas a la luz de la fe, en especial en los diferentes momentos de crisis matrimonial que se puedan presentar, por lo que “el primer paso que los obispos están llamados a realizar es la creación de un servicio de información, asesoría y mediación vinculado con la pastoral familiar, que podrá acoger a las personas con ocasión de la investigación preliminar al proceso matrimonial” 16 .
Así, desde un objetivo de prevención no se busca abordar la crisis matrimonial única y exclusivamente como la apertura o solicitud del proceso de nulidad matrimonial, sino como la posibilidad de acompañar integralmente a las parejas en dificultad en su proceso de “discernimiento conyugal”. 17
En este aspecto, Francisco es contundente al afirmar la centralidad del discernimiento, en su exhortación apostólica Amoris laetitia, discernimiento que resulta liberador al propiciar que los laicos vivan de manera madura la Buena Noticia del Evangelio.
Durante mucho tiempo creímos que, con solo insistir en cuestiones doctrinales, bioéticas y morales, sin motivar la apertura a la gracia […] Tenemos dificultad para presentar al matrimonio más como un camino dinámico de desarrollo y realización que como un peso a soportar toda la vida. También nos cuesta dejar espacio a la conciencia de los fieles, que muchas veces responden lo mejor posible al Evangelio en medio de sus límites y pueden desarrollar su propio discernimiento ante situaciones donde se rompen todos los esquemas. Estamos llamados a formar las conciencias, pero no a pretender sustituirlas. 18
Así, en el contexto de acompañamiento de la comunidad eclesial, se promueve el discernimiento en la vida matrimonial, el cual parte inicialmente del discernimiento personal que cuestiona las propias creencias religiosas y no religiosas, lejos de “la creencia de que es deseable creer, aunque la creencia misma sea falsa” 19 .
Por tanto, las creencias personales y de la pareja han de ser confrontadas con los avances de las ciencias desde un enfoque de fe razonable para diferenciar las creencias portadoras de sentido a la vida, en las que el creyente asume las consecuencias de sus actos y de las falsas creencias, y en las que es evidente que “el comportamiento religioso [...] generalmente está basado en cálculos de costo y beneficio” 20 que convierten la vocación matrimonial (fundamentada en una fe inmadura) en un mercado en el que se pretenden beneficios personales, familiares y/o sociales.
Esto permite comprender la importancia de confrontar las creencias religiosas y no religiosas de la pareja desde las aportaciones de las ciencias humanas, sociales y naturales 21 que, desde una aproximación objetiva, favorecen su explicación y comprensión. Así mismo, desde la fe de la Iglesia que trasciende la aproximación objetiva se abre un espacio al actuar de Dios en la vida de pareja. Esta se vuelve consciente de manera progresiva –con el tiempo y desde su experiencia religiosa– de la autorrevelación en sus vidas, en cuanto “a través de la experiencia religiosa se introduce en el mundo una nueva realidad. Es la irrupción de lo divino en lo humano” 22 . Esto permite igualmente, durante el proceso de acompañamiento pastoral, distinguir entre fe y creencias, porque evidencia, según Remolina, que
...las creencias se transmiten de un intelecto al otro sin que pasen necesariamente por la experiencia: no hay que tener la experiencia de encubrir personalmente todo lo que otros han encontrado, como, por ejemplo, los principios matemáticos, físicos, químicos, biológicos, etc. Se cree en ellos, y sobre ellos se construyen los nuevos conocimientos [...]. No ocurre así con la fe religiosa: esta no es transmisible de uno a otro sin la experiencia. Se puede hablar de ella, pero no se puede transmitir o traspasar a otro; solo se puede invitar a tener la experiencia. 23
Dicho aspecto deja al descubierto uno de los problemas de los sistemas de creencias religiosas en la actualidad, y posiblemente en algunos enfoques de pastoral, que se limitan a transmitir creencias (contenidos), relegando la experiencia kerigmática de los creyentes. Esto justifica la necesidad de confrontar, mediante el acompañamiento pastoral y el discernimiento, la evidencia de dichas creencias, en particular en lo que tiene que ver con las creencias que tienen que ver con la pareja, los supuestos de actuación que el “otro” u “otra” han de realizar para que el tema funcione; en otras palabras, lo que tiene que ver con lo periférico en asuntos como el dinero, la historia familiar, la sexualidad, el sexo o la educación de los hijos.
En consecuencia, así como podemos evidenciar la necesidad de las creencias racionales 24 , falibles 25 y dependientes del criterio evidencial, también se puede constatar la interferencia de las falsas creencias (o creencias irracionales 26 ) que llevan a la ignorancia y mantienen el error, sin olvidar que “detrás de las falsas creencias está el falso creyente” 27 .
De aquí se sigue la necesidad de discernir las contradicciones que experimenta la pareja desde la conciencia de su vocación matrimonial en la comunidad eclesial, en relación con sus creencias religiosas y el ser partícipes (activos o por omisión) del mantenimiento de las crisis, como alternativa para resolver los conflictos o el disenso. Surge así el desafío de acompañar pastoralmente a la pareja desde su “vivencia religiosa” 28 , de manera especial a las parejas que atraviesan crisis, al promover una orientación positiva hacia los problemas, su formulación y definición, la generación de soluciones alternativas y la toma de decisiones en busca de la transformación de los conflictos y la realización de su vocación matrimonial.
Acompañamiento, búsqueda permanente del bien de los cónyuges y realización de la vocación matrimonial
A partir de la comprensión del matrimonio, según el Código de Derecho Canónico, canon 1055, como “la alianza matrimonial por la que el varón y la mujer constituyen entre sí un consorcio de toda la vida, ordenado por su misma índole natural al bien de los cónyuges” 29 , se plantea la búsqueda permanente del bien de los cónyuges como parte esencial del discernimiento de la pareja y de las parejas, al interior de la comunidad eclesial. Esto lleva a sus miembros en crisis a preguntarse si su matrimonio ha sido o es un fracaso, y plantea la necesidad del acompañamiento pastoral que orienta el discernimiento desde la toma de conciencia: y a partir de esta –como plantea Quintana 30 – se mantiene la validez del matrimonio hasta que se pruebe lo contrario, teniendo presente que la interdependencia entre nulidad y fracaso es relativa. Por tal razón, solo algunos fracasos matrimoniales podrían ser nulos y algunos matrimonios nulos no serían necesariamente un fracaso.
Así, es importante confrontar tanto el propio sufrimiento personal como el sufrimiento de la pareja, que implica inicialmente partir del reconocimiento de ambas vulnerabilidades y la necesidad de un acompañamiento particular.
El fracaso conyugal puede revelar una falla en la capacidad de expresar el amor conyugal, la donación total y la capacidad de asumir la responsabilidad que conlleva la vida matrimonial. Esto pone de manifiesto que la sacramentalidad no es algo automático, como se ha creído. El hecho de haber sido bautizados no garantiza que una persona tenga la madurez humana y cristiana para vivir lo que es el matrimonio cristiano como expresión creyente. Una nueva concepción de dicha sacramentalidad cuestiona la comprensión automática que se ha dado al matrimonio de los bautizados y, por tanto, también, a la indisolubilidad 31 . En la misma línea, Botero 32 señala la importancia de una educación con fundamentos bíblicos y teológicos para la fidelidad como estrategia de prevención del fracaso matrimonial, al evidenciar que el énfasis en una educación contractual para la indisolubilidad no ha sido funcional.
En realidad, lo que sacramentalmente los creyentes llamamos indisolubilidad es un don, no una imposición, como tal vez a veces lo perciben los contrayentes. Esta condición surge porque Dios, en la fidelidad de su amor, se entrega gratuitamente en el amor de dos bautizados que voluntariamente optan por vivir su bautismo como proyecto. Si se entiende de esta manera el matrimonio, entonces dista de ser una obligación, para convertirse en la entrega que la gracia de un amor auténtico les permite vivir en gratuidad y gratitud, incluso en medio de la vulnerabilidad; pero también implica un cambio de paradigma sacramental. El sacramento no es para alcanzar la perfección: es para reconocer la vulnerabilidad, lo cual los hace necesitados para acudir a Dios en medio de la relación.
En consecuencia, sin tergiversar la disciplina eclesiástica, es imperativo reconocer la fragilidad humana y partir de ella como principio de realidad en la práctica pastoral, teniendo presente que Jesús habla desde lo hermenéutico existencial, no desde lo jurídico normativo; habla de vida, de perdón de restauración; y con ello supera lo punitivo y la exageración de la ley por la ley 33 .
Y si el amor es el cimiento del sacramento del matrimonio, entonces es necesario volver sobre la vocación matrimonial y la esperanza en la transformación de los conflictos. En esta lógica de amor, es en pareja, en familia e incluso en la comunidad eclesial desde donde se debe abordar la estrategia de discernimiento para prevenir el fracaso conyugal. La mejor manera de hacerlo es a partir del reconocimiento de los propios gozos y esperanzas, angustias y sufrimientos:
Reconocer que el fracaso es algo que hace parte de la condición humana, que la crisis matrimonial, si ha pasado o está pasado, a ejemplo del buen samaritano, llama la atención sobre las actitudes que pueden asumir los cónyuges más allá de sus intereses y necesidades, ignorando las exigencias ineludibles de la realidad del otro, de la familia y de la comunidad 34 .
Aprender que los propios límites y la fragilidad humana son causa de los múltiples conflictos conyugales. Una cultura darwinista y del descarte hace sacrificable al cónyuge, a la familia y a la comunidad como paso fundamental para plantear la posibilidad de conocerse y conocer al otro sin sacrificar el amor.
Expresar el reconocimiento de haberse equivocado y asumir las consecuencias. Si hemos sido indiferentes al momento de enfrentar las crisis propias del matrimonio desde creencias o principios perfeccionistas expresados en el “todo o nada” que atentan contra la fidelidad, o si no se acompaña en el momento real de las crisis y se espera que las parejas puedan superarlas solas. En este punto también resulta fundamental recordar momentos de plenitud y felicidad. No todo lo vivido ha sido negativo.
Aceptar que no se encuentran solos en esta misión sacramental y pueden acudir a la misericordia pastoral de la comunidad eclesial ya que –desde la esperanza– la Iglesia plantea oportunidades para la vida, el perdón y el amor, que confrontan las propias creencias a partir de la consolidación de una auténtica experiencia de fe.
Comprometerse –desde la propia fragilidad humana y el ser cristiano–, en aprender de las crisis matrimoniales pasadas, presentes y futuras, desde el reconocimiento del llamado de Dios y la misión de impactar la vida eclesial, y superarlas de manera satisfactoria.
Celebrar la construcción de un relato único de amor, dolor y sufrimiento en la vida cotidiana y propiciar liturgias que nutran la vida sacramental, para vivificar desde lo comunitario la fe y el amor.
Lo anterior lleva a replantear la acción pastoral y el rol del párroco en la preparación, acompañamiento y discernimiento de las uniones matrimoniales de la comunidad parroquial, la cual debe asumir desde la formación estos nuevos desafíos comunitarios. Ellos requieren diálogos interdisciplinares serios, la profundización bíblico-teológica y la continua sensibilidad pastoral en la atención a las necesidades vitales de los fieles.
En coherencia con la metodología planteada por el papa Francisco del sensus fidei, alineado a su marcada orientación misericordiosa y personalista, Landra 35 reconoce la importancia del acompañamiento de obispos y párrocos en las dificultades propias del matrimonio de los fieles, así como de aquellos que se encuentran separados o divorciados. Todas estas situaciones invitan a pensar en estrategias que puedan fortalecer el acompañamiento desde la pastoral matrimonial. Para Nuñez,
...los cursos de preparación al matrimonio, cursos de orientación familiar de recién casados y primeros años de matrimonio, orientación médica (también psicológica) a los cónyuges, posible mediación en conflictos matrimoniales, atención pastoral a fieles en situaciones de dificultad matrimonial (separación, divorcio) y, como es lógico, el asesoramiento jurídico conveniente de convalidación del matrimonio o de posibilidades de introducir una causa de nulidad. 36
Con un panorama tan evidente se hace necesario habilitar de manera creativa formas de acompañar en medio de las diversas dinámicas eclesiales. Esto exige conformar un equipo de pastoral matrimonial formado en lógica interdisciplinar que articule la experiencia y conocimiento de los laicos, en especial en el acompañamiento a los matrimonios en crisis; esto, desde la perspectiva de prevención a partir del autocuidado y el cuidado, la autocompasión y la compasión, y desde una teología que parta de la realidad. El acompañamiento integral de la pareja ha de formalizarse desde la rigurosidad del curso de preparación al matrimonio, anticipando los inevitables momentos de crisis. Mur señala:
La preparación al sacramento del matrimonio no puede ser un trabajo individual, sino que es un trabajo que involucrar en diversa medida, a todos los miembros de la comunidad cristiana. En efecto el mismo Código de Derecho Canónico, en el canon 1064, expresa la necesidad de convocar a personas para realizar una debida asistencia para la preparación al sacramento del matrimonio: Ordinarii loci est curare ut debite ordinetur eadem assitentia, auditis etiam, si opportunum videatur, viris et mulieribus experientia et peritia probati. 37
Ello implica un abordaje humano y espiritual desde el ser pastoral y sinodal propio de la Iglesia, donde el acompañamiento jurídico que involucra a los agentes de pastoral familiar y a los tribunales eclesiásticos parte desde una perspectiva de cercanía, empatía y compasión. Se compromete a los acompañantes involucrados en el proceso a desarrollar las competencias necesarias desde una auténtica espiritualidad, al aproximarse a la realidad integral que configura al matrimonio en su contexto particular, con el objetivo de encontrar nuevos horizontes para la vida de la pareja en el seno de la Iglesia.
Para favorecer el objetivo de acompañar el discernimiento en relación con la validez o no del matrimonio, antes de recurrir a la preparación inmediata del proceso, es importante acompañar a las parejas en dificultad en su “discernimiento conyugal” 38 ; este implica la reconciliación, el perdón, la toma de decisiones y la solución de los problemas, previo a plantearse la posibilidad de solicitar el inicio de un proceso de nulidad, sin descuidar un acompañamiento riguroso en los casos particulares donde la validez del matrimonio está en duda.
Aproximación a la verdad de la validez o no del matrimonio: perspectiva de acompañamiento pastoral del derecho canónico
Para que los equipos de pastoral familiar o agentes de los tribunales eclesiásticos puedan acercarse efectivamente a la verdad de la validez o no del sacramento del matrimonio, dos aspectos son fundamentales: (1) asumir la perspectiva pastoral del derecho canónico; y (2) tener conocimientos sólidos de derecho canónico matrimonial.
– El primer aspecto asume la perspectiva pastoral del derecho canónico que el Sínodo de los Obispos ha propuesto y que está operado a partir de la reciente reforma canónica llevada a cabo por el papa Francisco. Esto conlleva un cambio de paradigma en la manera de ver el derecho canónico en la acción pastoral de la Iglesia, en cuanto este derecho debe ser visto como instrumento pastoral que pretende, en un nuevo lenguaje –ya no teológico pero canonístico– presentar la naturaleza de la Iglesia. Así lo entendió todo el magisterio después del Concilio Vaticano II:
Y aunque es imposible verter perfectamente en la lengua canonística la imagen de la Iglesia descrita por la doctrina del Concilio, sin embargo, el Código ha de ser referido siempre a esa misma imagen como al modelo principal cuyas líneas debe expresar él en sí mismo, en lo posible, según su propia naturaleza. 39
En su momento, el papa Benedicto XVI 40 reforzó esta idea al exponer la anterior realidad de manera más incisiva, en cuanto las normas emitidas por el legislador, desde su función instrumental y pastoral, buscan el bien de las personas y las comunidades que conforman la Iglesia. En tal línea de pensamiento, como resultado del Sínodo de los Obispos sobre la familia, nació la reciente reforma (2015), que busca agilizar las cuestiones relativas a la nulidad del matrimonio, y va más allá. En primer lugar busca apoyo a las parejas y familias en riesgo, fracturadas o en situación irregular ante los ojos de la Iglesia. Entonces se plantea como urgente que la dinámica eclesial acompañe de manera permanente a sus laicos, en especial en lo referido a la vivencia de la fe en asuntos tan importantes como la misma decisión de casarse, y si llega a realizarse el matrimonio, acompañarlos en su proceso de adaptación y consolidación de la familia. Esto, teniendo presente que lo “eclesial” no se puede limitar a la celebración de un rito, dada la fuerza que la dinámica sacramental imprime a quienes pretenden seguir a Cristo en una opción de vida tan clara como la matrimonial, la cual ocurre en medio de una comunidad y con su apoyo.
Se observa que, en este ámbito de la pastoral familiar, el mayor sostén lo aportan los movimientos y las asociaciones eclesiales, en los cuales la dimensión comunitaria se resalta y se vive mayormente. Al mismo tiempo, también es importante preparar específicamente a los sacerdotes a este ministerio de la consolación y de la solicitud. De varias partes llega la invitación a instituir centros especializados donde sacerdotes y/o religiosos aprendan a hacerse cargo de las familias, en particular de las familias heridas, y se comprometan a acompañar su camino en la comunidad cristiana, la cual no siempre está preparada para sostener esta tarea de modo adecuado. 41
Infortunadamente, cuando se ha dejado avanzar la intensidad de la crisis y cuando los miembros de la pareja se encuentran agotados o impotentes ante la búsqueda de soluciones, surge la inminente separación y, en los casos más críticos, se considera la nulidad matrimonial. Tal situación también merece acompañamiento para evitar o aliviar las heridas mencionadas en apartados anteriores.
En esta exigencia de acompañamiento, el Instrumento laboris pide simplificar y acelerar el proceso canónico de nulidad matrimonial, si se considera el caso, pues el bien de las familias estaba en juego cuando los tribunales prolongaban excesivamente un proceso de nulidad. También evidencia la necesidad de facilitar el acceso a los tribunales y procesos eclesiásticos a las parejas fracturadas o en situación irregular. Esta accesibilidad muchas veces no se logró debido a la falta de conocimiento de las partes, de que podían acudir a los tribunales y cómo hacerlo.
En cuanto al proceso de nulidad, se destaca la necesidad de hacerlo más accesible, ágil y menos costoso. Se ha propuesto cancelar la doble sentencia de acuerdo con un proceso administrativo que no ha sido aprobado, o un juicio sumario que se pone en marcha en los casos de nulidad notoria 42 .
De dicho análisis surge la necesidad de crear estructuras pastorales que permitan la acogida y seguimiento de estas parejas, de cara al proceso judicial de nulidad, sobre todo para que sientan el acompañamiento como miembros de la comunidad eclesial. La intervención de los equipos de pastoral familiar no tiene que estar vinculada necesariamente a los tribunales. Los equipos pastorales parroquiales, vicariales o diocesanos crearán la necesidad de encontrar agentes pastorales capacitados adecuadamente en lo concerniente al sacramento del matrimonio y al derecho canónico matrimonial.
En este contexto, la reforma recomienda que el seguimiento inicial se realice con una investigación previa a nivel pastoral, con el fin de investigar un posible proceso canónico de nulidad matrimonial, como se puede leer en el artículo 2 de las “Reglas de procedimiento para tratar las causas de nulidad de matrimonio”:
La investigación preliminar o pastoral, destinada a acoger en estructuras parroquiales o diocesanas a creyentes separados o divorciados que dudan de la validez de su matrimonio o están convencidos de su nulidad, tiene como objetivo comprender su condición y recoger elementos útiles para la eventual conclusión del proceso judicial ordinario o más corto. Dicha investigación se llevará a cabo en el ámbito de la pastoral matrimonial diocesana en su conjunto. 43
Para establecer la realidad de los agentes pastorales sobre el terreno, no basta con la buena voluntad ni con un conocimiento mínimo basado en lo que se ha escuchado de terceros: se necesita gente bien formada para no infundir falsas esperanzas en quienes ya están muy heridos por su situación de vida, o peor aún, cerrar puertas cuando aún están abiertas. Es importante recordar que los procesos de duelo que pesan sobre los miembros de las parejas que deciden separarse son largos y complejos, y pueden no llegar a buen término si los encargados eclesiásticos aumentan los trámites 44 .
El Sínodo recupera y amplía una norma de la Derecho Canónico sobre los equipos de apoyo pastoral y jurídico sin descuidar la formación de estos agentes (ver Código de Derecho Canónico, art. 113 §1). Sin embargo, no se exige a estos agentes de pastoral una formación jurídica (ver “Reglas de procedimiento para tratar las causas de nulidad de matrimonio”, art. 3).
El servicio de apoyo a la investigación previa requerirá –como ya se ha dicho–, que sus funcionarios sean “personas consideradas idóneas por el ordinario del lugar, dotadas de competencias, aunque no exclusivamente jurídico-canónicas” 45 . Dichas competencias, al no existir en la mayoría de diócesis, exigen procesos de formación en derecho canónico, y más concretamente, en derecho matrimonial.
Una de las consecuencias ya visibles y con alcance pastoral y jurídico fue la nueva Instrucción 46 para los estudios de derecho canónico, a la luz de la reciente reforma del proceso matrimonial. Esta pretende responder a las exigencias manifestadas en Mitis et misericors Iesus, sobre la reforma del proceso canónico para las causas de declaración de nulidad del matrimonio 47 .
Por eso se crearon mecanismos que favorecen una mejor formación, de manera que párrocos y laicos puedan participar en los equipos de pastoral familiar que atienden a estas familias a nivel parroquial, vicarial o diocesano, así como abogados y otros técnicos especializados (sociólogos, psicólogos) que pueden adquirir conocimientos en derecho canónico según el grado de exigencia y especialización requeridos por el ámbito de su acción pastoral. Dicha oferta de formación que, si bien no es obligatoria, va desde cursos académicos con o sin titulación para consultores en los diferentes niveles.
Una capacitación deficiente podría provocar que la investigación previa se convierta en una instancia que obstaculice el propio proceso judicial. Ello hace advertir sobre el grave riesgo que se deriva de que esta investigación pueda convertirse en un “procedimiento” previo al propio proceso judicial, sin la salvaguarda procesal que le sería inherente. En tal caso se podría crear un tribunal ajeno al tribunal donde las partes no tuvieran la garantía de justicia que les garantizaría el normal y correcto funcionamiento procesal de la ley. También podría ocurrir lo contrario, es decir, el riesgo de que se produjeran reglas de funcionamiento que, con “una regulación excesiva podrían traer consigo una rigidez de los procedimientos que podrían resultar particularmente no funcionales” 48 .
Es imperativo que todas las diócesis puedan acceder a la formación necesaria de sus agentes, para que puedan proceder a crear servicios de acogida que promuevan una investigación clara, donde no quepan personas con poca formación en derecho canónico que puedan condicionar todo el proceso, dando o quitando la esperanza a quienes acuden allí para poder acceder a un proceso justo.
Cabe mencionar que la pastoral familiar parroquial, vicarial o diocesana, no tienen como única visión la nulidad matrimonial. Esta puede ser incluso la última de sus preocupaciones. Al no haber un proceso continuo de acompañamiento y formación, el momento en el que aparece la figura de la Iglesia para deliberar puede ser percibida por los creyentes como invasiva y dictatorial, generando heridas innecesarias al no sentirse acompañados. Francisco va más allá y afirma:
…la urgencia pastoral, que abraza todas las estructuras de la Iglesia, impulsa a converger hacia un intento común ordenado a la preparación adecuada al matrimonio, en una especie de nuevo catecumenado subrayo esto: en una especie de nuevo catecumenado, tan deseado por algunos padres sinodales. 49
Con esta Instrucción, tendremos una enseñanza más atenta y cuidadosa de la ciencia canónica, tantas veces descuidada y despreciada como ciencia en el ámbito de los estudios teológicos. Eso exige a los obispos encontrar tiempo para conocer los temas de las causas que se les presentan, y para la profundización y actualización teológicopastoral y jurídica 50 . Con las nuevas normas procesales se crea un camino pastoral de invitación, acompañamiento y acogida con condiciones para que los agentes de pastoral puedan formarse y prestar un buen servicio a la pastoral familiar en su conjunto.
– El segundo aspecto, el conocimiento del derecho canónico matrimonial, permite ayudar a las parejas en situaciones de fragilidad o ruptura matrimonial. Para dar cuenta, después de casi diez años de esta reforma procesal, es pertinente preguntarse: ¿Qué se ha hecho para articular el trabajo de los tribunales con las estructuras pastorales del ministerio de la familia? En una primera aproximación, a través de la encuesta realizada a 44 tribunales eclesiásticos de doce países (Colombia, Portugal, Puerto Rico, Chile, Ecuador, Perú, Estados Unidos, Brasil, Venezuela, España, Argentina, Canadá), se identifica que 36 % aún no ha creado un vademécum para ayudar a realizar la investigación previa; el primer nivel de investigación es responsabilidad de los párrocos (86 %); en el segundo y tercer nivel de seguimiento, los porcentajes se reducen, al encontrar solo el 61 % de los juzgados encuestados con seguimiento de segundo nivel y el 57 % con seguimiento de tercer nivel 51 .
Para que estas estructuras contribuyan al rápido desarrollo del proceso de nulidad es necesario que todos los agentes de pastoral familiar tengan una sólida formación, al menos, en derecho matrimonial canónico. Creemos que algunas ideas incipientes no son suficientes, ya que pueden –como se ha dicho– inducir a error y crear falsas expectativas entre las partes. Por tanto, para ayudar mejor a estas parejas que tienen grandes dificultades matrimoniales, además de conocer los capítulos sobre la nulidad matrimonial, sería necesario conocer el papel de las circunstancias, así como la necesidad de presentar pruebas testimoniales o documentales.
A nivel pastoral, las circunstancias han de analizarse en su conjunto y no pueden verse como condiciones rígidas que conducen necesariamente a la nulidad del matrimonio. Uno de los mayores riesgos reside en que los equipos pastorales evalúen determinadas circunstancias como condiciones de nulidad inmediata, es decir, que utilicen las circunstancias en forma de un vademécum del tipo Presumptions of Facts 52 . Es de vital importancia, por tanto, que los responsables de la pastoral tomen conciencia de la urgencia de la formación, para que puedan acompañar de manera más cualificada a las familias e identifiquen si se justifica asumir el proceso de nulidad 53 ; esto, admitiendo que algunas circunstancias señalen la evidencia de la nulidad y puedan compararse con signos o síntomas médicos, lo que apunta a una patología, y otros, a circunstancias que también pueden apuntar a una nulidad, si se sustentan en pruebas y testigos.
En cuanto a las causas de nulidad matrimonial, se pueden dividir en tres grandes categorías: defectos en la libertad del consentimiento; incapacidad de la persona; y defectos voluntarios en el consentimiento. Sin entrar en mayor profundidad, por no ser del alcance de este trabajo, en seguida señalaremos brevemente cada uno de ellos:
1. Defectos en la libertad de consentimiento: coacción física o moral; presencia de error (en la persona o de una cualidad intencionada directamente por quien comete el error, o inducida intencionalmente); existencia de una condición o condiciones para el matrimonio mismo.
2. Incapacidad de la persona: impotencia (incapacidad para copular); incapacidad para dar consentimiento debido a uso insuficiente de la razón o falta de discreción; incapacidad para asumir cualquiera de las obligaciones matrimoniales consideradas esenciales (fidelidad, perpetuidad, bien común), por razones de carácter psicológico.
3. Defectos voluntarios del consentimiento: simulación del propio matrimonio; exclusión de una de las propiedades esenciales del matrimonio.
Si las circunstancias se pueden comparar con los síntomas de una enfermedad, estas causas son la enfermedad; pero para hacer un diagnóstico se requiere conocimiento, como ya se ha señalado. Proponemos, por tanto, que las estructuras diocesanas, vicarías o parroquias, puedan tener acceso a tales conocimientos, ya sea en las universidades donde existan los programas correspondientes, en centros de estudio que tengan las diócesis para la formación continua del clero y laicos, o a través de las nuevas tecnologías, que ahora acercan lo que antes estaba muy lejos.
Como vemos, el tema es inagotable, y en cuanto a la formación para el acompañamiento, se abren posibilidades interesantes que se podrían considerar en ámbitos educativos (universidades, institutos) donde se forman los futuros sacerdotes y/o laicos interesados en este campo de la pastoral matrimonial, que es tan álgido como importante.
Conclusiones
Aunque el tema queda visiblemente abierto, como investigadores nos atrevemos a proponer la siguiente síntesis conclusiva respecto de actividades necesarias para su avance al interior de la Iglesia:
– Conformar, en las parroquias, un equipo de pastoral familiar interdisciplinar, que no solo se prepare para intervenir sobre las crisis de los cónyuges, sino para prevenirlas desde el acompañamiento integral a partir de sus experiencias humanas y de fe, y en comunión con el Evangelio y magisterio de la Iglesia.
– Acompañar, desde equipo de pastoral familiar, a las parejas en crisis matrimonial, a partir de la confrontación de sus creencias religiosas y no religiosas, y tomar en cuenta un contexto de acelerados cambios donde los cónyuges van gestando nuevas maneras de comportarse.
– Abordar, desde la perspectiva de la pastoral matrimonial parroquial, el duelo personal, de pareja y familiar que mantiene situaciones de maltrato, abuso, explotación y separación en la pareja, a partir de la búsqueda del bien posible, de alternativas y compromisos prácticos que, desde la vocación matrimonial, promuevan la transformación de las crisis y el fortalecimiento de la experiencia de fe fundamentada en las experiencias humanas.
– Orientar el acompañamiento de las crisis matrimoniales implica manejar el duelo, comenzando por reconocer que el fracaso es parte de la condición humana. Es importante permitirse sentir rabia por los propios límites y fragilidades humanas, que son causa de los múltiples conflictos conyugales. También es importante asumir la responsabilidad, si ha habido indiferencia o si se ha dejado de hacer algo en el momento de enfrentar las crisis matrimoniales. Es fundamental que las parejas acepten que no se encuentran solas en esta misión sacramental, ya que cuentan con la misericordia pastoral de la comunidad de la Iglesia: también que se comprometan a superar las crisis matrimoniales pasadas,
– Conocer a profundidad el derecho canónico matrimonial fundamentado en una teología sacramental que libere a los contrayentes de posiciones infantiles y los proyecte como bautizados, confirmados en la fe, capaces de tomar decisiones coherentes como miembros de una Iglesia que espera de ellos y ellas crecimiento y realización, para sí mismos y para su comunidad.
– Mantener el tránsito de implementación de los nuevos lineamientos que propone la reforma a los procesos de nulidad matrimonial en la legislación canónica, formulada a través del motu proprio Mitis Iudex Dominus Iesus del 15 de agosto de 2015.
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Notas
*
Artículo de investigación. Esta fue desarrollada en la Facultad de Teología de la Pontificia Universidad Javeriana, bajo el nombre “Acompañamiento integral a las parejas en el proceso de nulidad matrimonial”. Inició en enero de 2023 y concluye en diciembre del mismo año. Agradecemos el apoyo inicial de Camilo García, politólogo de la Pontificia Universidad Javeriana.
2
En la encuesta participaron los responsables de diócesis y tribunales eclesiásticos que se encuentran en el tránsito de implementación de la reforma a los procesos de nulidad matrimonial en la legislación canónica, formulada a través del
motu proprio Mitis iudex dominus Iesus
, del 15 de agosto de 2015.
3
La palabra crisis tiene su origen en griego krinein que significa separar, juzgar. En el diccionario hace alusión a una situación difícil, tensa, de cuyo fin depende la reanudación de la normalidad. La palabra sánscrita kri o kir, significa desembarazar, purificar, limpiar. El español ha conservado la palabra acrisolar y crisol. Para los japoneses tiene dos acepciones, oportunidad o peligro. En el caso de las parejas resultan ser momentos coyunturales para evaluar asuntos vitales y pueden convertirse en momentos fructíferos
de aprendizaje y resolución de conflictos.
4
En este artículo se entiende por declaración de nulidad matrimonial la declaración resultante de un proceso judicial donde se afirma que los efectos jurídicos y sacramentales del intercambio de consentimiento
conyugal son nulos, por tanto, como si no hubieran existido.
5
Comisión Teológica Internacional, “Theology Today: Perspectives, Principles and Criteria”,
57.
6
Kasper citado por Mur, “Acceso a la justicia eclesiástica tras la reforma del
papa Francisco en los procesos de nulidad
matrimonial: el caso del Tribunal Eclesiástico Arquidiocesano de Bogotá”, 52.
7
Moreno García, “El servicio de
indagación prejudicial: aspectos jurídico-pastorales”, 68.
8
Cervantes, “El acompañamiento según el Papa
Francisco a partir de la Evangelii gaudium”,
362.
10
Botero, “Posible fundamentación de una “Teología del fracaso conyugal”, 182-183.
11
Vicente Mádoz, en su libro 10 palabras clave sobre miedos del hombre moderno
, considera el fracaso como uno de ellos. Casi siempre el fracaso
está asociado a expectativas que el mundo social ha impuesto a algún grupo humano, que se deben cumplir para alcanzar el éxito, la fama o el reconocimiento. Esto puede llevar a los integrantes de la pareja a
preguntarse si su matrimonio ha sido un fracaso, al no cumplir con dichas expectativas y quedar con sensaciones de frustración e insatisfacción, como impronta negativa
en su historia.
12
Esta definición que podemos encontrar y ampliar en
Gaudium et spes 48, ya nos indica la envergadura de lo que significa ser y contruir un matrimonio.
13
Este aspecto puede ampliarse de manera suficiente en las investigaciones realizadas por la antropóloga Patricia Tovar, en su libro Familia, género y antropología: desafíos y transformaciones del
Instituto Colombiano de Antropología e Historia (Icanh), publicado en 2003.
14
A esta problemática no se le pueden añadir más obstàculos en términos de demora, sino que debe estar motivado por lo que Kasper llama “una renovada espiritualidad pastoral que deje de incurrir, de una vez, en una mezquina consideración legalista y en un rigorismo no cristiano que impone a las
personas pesos insoportables que nosotros, los clérigos, no queremos y ni siquiera sabríamos cómo llevar
(Mt 23,4)” (Kasper citado por Mur,
“Acceso a la justicia eclesiástica tras la reforma del papa. Francisco en los procesos de nulidad matrimonial: el caso del Tribunal Eclesiástico Arquidiocesano de Bogotá”, 52.
15
Mur, “El canon 1063: una respuesta jurídico pastoral a la preparación del matrimonio”, 61.
16
Tribunal Apostólico de la Rota Romana, “Subsidio”, 13.
19
Dawkins, El espejismo de Dios, 396.
21
Aproximación a la ciencia y sus aportes, como lo plantea Artigas: “…sin idolatrarla ni condenarla,
reconociendo su gran significado como una forma de
saber objetivo, riguroso, fiable y también susceptible de una gama indefinida de aplicaciones prácticas” (Artigas, Ciencia, razón y fe, 17).
22
Remolina, Los fundamentos de una ilusión, 232.
23
Ibíd., 209.
24
La evidencia es conditio sine qua non en orden a afirmar la racionalidad de la creencia” (Miranda, “Creencia religiosa, evidencialismo y teísmo escéptico”, 423).
25
La falibilidad de la creencia racional reside en que, dependiendo de la evidencia disponible, esta creencia puede ser errónea, si nueva evidencia así lo muestra” (ibíd.).
26
La creencia
irracional es la que tiene evidencia en contra o ausencia de evidencia
a favor” (ibíd.).
27
Lonergan, Método en teología, 49.
29
Iglesia Católica, “Código de Derecho Canónico” 1055.
30
Quintana, “El matrimonio canónico y el proceso de nulidad en el bicentenario”,
92.
31
Botero, “Posible fundamentación de una ‘teología
del fracaso conyugal’”, 194.
32
Ibíd., 196.
33
Para ampliar este punto, el lector se puede remitir a Eduardo Arens, ¿Hasta que la muerte los separe? El divorcio en el Nuevo Testamento, que lo ilustra de manera magistral. Jesús, además de rescatar a las personas del fracaso, también las libera de la ley extrema y del juicio.
34
Francisco, “Carta encíclica Fratelli tutti sobre la fraternidad y la amistad social (2020)” 67.
36
Núñez González, “La fase preliminar del nuevo proceso de nulidad”, 13.
42
Ibíd. 114.
43
Art. 2., “Reglas de procedimiento para tratar las causas de nulidad de matrimonio” 967.
44
En muchos casos las partes
implicadas no pueden hacer un buen duelo porque quedan atrapadas en el proceso, sin posibilidad de reconciliar lo sucedido y sin poder cerrar sanamente la historia de la relación.
45
“...personis concredetur ab Ordinario loci idoneis habitis, competentiis licet non exclusive iuridicocanonicis pollentibus…” (“Reglas de procedimiento para tratar las causas de nulidad de matrimonio” 967).
46
La Congregación para la Educación Católica, en cuanto posee la competencia sobre las instituciones académicas de los estudios eclesiásticos, emana esta Instrucción con el objetivo de impulsar y ofrecer orientaciones a los estudios de Derecho Canónico. En su primer punto
comienza con una consideración sobre la situación actual de las instituciones
que se ocupan de la enseñanza del Derecho Canónico en la Iglesia universal, para evidenciar los recursos y puntos críticos, y subrayar la importancia que tiene garantizar la calidad académica de tales instituciones que están al servicio de la Iglesia. En la perspectiva de la reforma de los procesos indicados en los motu proprio, el segundo punto señala, además de las figuras ya previstas por las normas del Derecho Canónico, las nuevas figuras implicadas en la mencionada reforma. En el tercer punto se proponen algunos posibles programas formativos, según los diferentes niveles de competencia que son necesarios para desarrollar
las diversas funciones (Congregação para a Educação Católica (para as instituições de estudos), “Instrução. Os estudos de Direito Canónico à luz da reforma do processo matrimonial [2018])”.
47
Ibíd.
48
“...un eccesso di regolamentazione può portare con sé un irrigidimento delle procedure che può rivelarsi non particolarmente funzionale” (Fabris, “Indagine
pregiudiziale o indagine pastorale nel motu
proprio Mitis Iudex Dominus Iesus. Novità normative e profili critici”, 502).
49
“...l’urgenza pastorale, che coinvolge tutte le strutture della Chiesa, spinge a convergere verso un comune intento ordinato alla preparazione adeguata al matrimonio, in una sorta di nuovo catecumenato – sottolineo questo: in una sorta di nuovo catecumenato – tanto auspicato da alcuni padri sinodali” (Francis, “Allocutio ad Tribunal Rotae Romanae,
occasione Inaugurationis Anni Iudicialis [22-01-16]”, 139).
50
“Mi sembra giusto domandarsi come un vescovo possa in prima persona acquisire tale preparazione e trovare il tempo non solo per conoscere le vicende oggetto delle cause a
lui demandate, ma per mantenere il necessario approfondimento e aggiornamento, anche solo teologico e pastorale, e poi
giuridico” (Giraudo, “Snellimento della prassi canonica in ordine alla dichiarazione di nullità del vincolo
matrimoniale?/6”, 319-325).
51
Ser considerados estructuras vicarias o diocesanas de segundo nivel y estructuras de tercer nivel propias del Tribunal.
52
Presumptions of Facts es una lista elaborada por
determinado tribunal donde la aparición de una circunstancia condujo siempre a la declaración de nulidad matrimonial. Así lo condenó el Tribunal de la
Signatura Apostólica.
53
Dada la envergadura
del mismo proceso es una decisión que debe ser discernida a la luz de la
experiencia creyente y, en lo posible, acompañada de algún experto, en medio de la comunidad eclesial.
Notas de autor
a Autora de correspondencia: angela.sierra@javeriana.edu.co
Información adicional
Cómo citar: Sierra González, Ángela María; João Pedro Serra Mendes Bizarro; y Yefren Díaz López. “Acompañamiento
pastoral y crisis matrimonial: una mirada interdisciplinar”. Theologica Xaveriana vol. 74 (2024): 1-24. https://doi.org/10.11144/javeriana.tx74.apcm