La doctrina de la corte constitucional colombiana sobre el exceso ritual manifiesto en materia de pruebas (2001-2011)
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Palabras clave

Exceso ritual manifiesto
tutela
derechos fundamentales
sistema dispositivo
sistema inquisitivo
pruebas

Cómo citar

García, P.A. and Acevedo Prada, M. (2013) “La doctrina de la corte constitucional colombiana sobre el exceso ritual manifiesto en materia de pruebas (2001-2011)”, Vniversitas, 62(127), pp. 127–156. doi:10.11144/Javeriana.VJ127.dccc.
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Resumen

Han transcurrido once años desde que la Corte Constitucional de Colombia comenzó a hacer referencia al exceso ritual manifiesto (SentenciaT-1306 de 2001). Sobre esta figura, el trabajo que ahora presentamos sostiene que hay dos variantes, y una de ellas se relaciona directamentecon el tema probatorio. En este sentido, es decir, cuando el exceso ritual manifiesto se predicacomo un error del juez de instancia relacionado con el tema de pruebas, y más exactamente cuando en sede de revisión de tutela se lo obliga a lapráctica de un número determinado de ellas, es difícil no llegar a la conclusión de que en lo referente al exceso ritual manifiesto estamos llevando la tutela a una modalidad de última instancia en materia probatoria, y no solo en materia de protección de derechos fundamentales. Más aún, puede sostenerse que la Corte Constitucional, bajo la idea deque el juez tiene el deber de perseguir la verdad, y por sobre todo encontrarla, incursiona en los hechos litigiosos de cada caso que implica exceso ritual manifiesto o, por lo menos, sugiere con precisión el camino que debe seguir el juez de la causa para allegarle el derecho fundamental a una de las partes. Con todo, hay que decir que esta incursión del juez constitucional en asuntos propios de la sede ordinaria, se debe, en parte, y en los estrictos límites de la figura que aquí examinaremos, al hecho de que en Colombia compartimos dos sistemas en materia de pruebas: el sistema inquisitivo y el dispositivo; igualmente, al modo como se expresan algunas normas del derecho procesal (en especial las relacionadas con el poder – deber que tienen los jueces para decretar pruebas de oficio); pero, sobre todo, a una comprensión de lo que significa el proceso mismo en relación conla protección de los derechos fundamentales y la prevalencia del derecho sustantivo.
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