Publicado nov 30, 2015



PLUMX
Almetrics
 
Dimensions
 

Google Scholar
 
Search GoogleScholar


Jorge Luis Ordelin-Font

##plugins.themes.bootstrap3.article.details##

Resumen

La institución de la representación voluntaria tiene su causa en el pro- pósito subyacente en la relación de gestión. Su concreción en el ámbito de la interpretación y ejecución musical queda configurada a partir del contrato de gestión que se establece entre el artista y el representante, figura contractual en la que confluyen las peculiaridades del régimen jurídico de la representación voluntaria y de la protección de los artistas intérpretes y ejecutantes. El contrato de gestión de los representantes musicales es aquel contrato por medio del cual el representante se obliga a prestar servicios de colaboración por cuenta del artista, que sean im- prescindibles para la circulación de la interpretación o ejecución, como producto cultural, a los que el artista no se puede dedicar y tampoco quiere, por estar inmerso en el proceso creativo. Este contrato es atípico, consensual, bilateral dado su onerosidad, aunque nada obsta para que sea gratuito, de duración prolongada. Sustentado en los principios de exclusividad, confianza mutua y lealtad recíproca. 

Keywords

artist, management, representation, cooperationartista, gestión, representación, colaboración

References
Cómo citar
Ordelin-Font, J. L. (2015). El contrato de gestión de los representantes de los artistas intérpretes y ejecutantes musicales. Un estudio desde el ordenamiento Jurídico Cubano. Vniversitas, 64(131), 391–432. https://doi.org/10.11144/Javeriana.vj131.cgra
Sección
Artículos