Declaración de ética y buenas prácticas editoriales

LINEAMIENTOS ÉTICOS GENERALES DE PUBLICACIÓN

Universitas Philosophica se rige bajo estos parámetros éticos de publicación

  1. Experimentos con humanos

Los artículos publicados en Universitas Philosophica están sujetos al cumplimiento de los principios éticos contenidos en la Declaración de Helsinki (1964, reformulada en 1975, 1983, 1989, 1996 y 2000) de World Medical Association, o a la legislación específica —si la hubiere— del país en el que la investigación se hizo. Para tal efecto, los autores de los artículos aceptados para ser publicados, que presentan resultados de investigaciones en los que se incluyen a seres humanos, dichos resultados tienen que contener la información del cumplimiento integral de los principios éticos, consentimiento informado y las legislaciones específicas con la firma del formulario proporcionado por la dirección de la revista.

Normas:

World Association of Medical Editors (WAME), 2001

http://www.wma.net/es/30publications/10policies/b3/

International Committee of Medical Journal Editors (ICMJE), 2001

http://www.icmje.org/urm_main.html

  1. Protección al derecho a la intimidad

Debe respetarse siempre el derecho del sujeto de investigación a proteger su integridad. Deberán tomarse todas las precauciones para preservar su intimidad y para reducir al mínimo el efecto del estudio sobre su integridad física y mental y sobre su personalidad.

En cualquier investigación sobre seres humanos, éstos deben ser informados, adecuadamente, de los objetivos, los métodos, los beneficios calculados y los riesgos posibles del estudio, y de las incomodidades que les puedan implicar. Deberá informárseles también de la libertad que tienen para participar o no en el experimento, y para retirar su consentimiento en cualquier momento. El investigador deberá obtener entonces —preferiblemente por escrito— el consentimiento informado del sujeto o de los sujetos.

Normas:

ICMJE, 2001

WAME, 2001

  1. Fraude científico

Supuestos de fabricación, falsificación u omisión de datos y plagio:

La fabricación de resultados se produce cuando se presentan datos que no existen y que son inventados por sus autores; la falsificación cuando los datos son manipulados, modificados y cambiados por los autores a su capricho; y la omisión cuando los autores ocultan de forma deliberada un hecho o dato. El plagio se produce cuando un autor presenta como propias ideas, datos, resultados creados por otros. El plagio se puede presentar en distintos grados: copia directa de un texto sin entrecomillar y citar la fuente, modificación de algunas palabras del texto, paráfrasis y agradecimiento insuficiente.

Normas:

European Association of Science Editors (EASE), 1994

http://www.ease.org.uk/guidelines/index.shtml

ICMJE, 2001

Council of Science Editors (CSE) Style guide, 2000

http://www.councilscienceeditors.org

  1. Publicación duplicada y reciclaje de texto

El autor, siempre que envíe un trabajo, deberá garantizar que el trabajo no ha sido publicado ni aceptado en otra revista o publicación. Así mismo, deberá elaborar una relación completa para el Editor en caso de que existan presentaciones e informes previos que deberían considerarse como publicaciones redundantes o duplicadas de ese trabajo o de alguno que sea muy parecido, y poner en conocimiento del Director si el trabajo incluye aspectos que hayan sido publicados previamente.

 Al enviar un trabajo a esta revista, el autor se compromete además a no reutilizar de manera idéntica secciones significativas de otros textos de su autoría, ya publicados o que hayan sido sometidos a publicación, e independientemente de si se realiza o no la atribución explícita a dichas obras.

Una segunda publicación en el mismo idioma que la primera o en otro, especialmente si se realiza en otros países, está justificada y puede ser beneficiosa siempre y cuando cumpla todas las siguientes condiciones:

  • Los autores cuentan con el consentimiento de los directores de ambas revistas; el Director a cargo de la segunda publicación debe tener una fotocopia, reimpresión o ejemplar de la primera publicación.
  • La prioridad de la primera publicación se respetará con un intervalo de al menos una semana entre ambas publicaciones (a menos que ambos directores hayan negociado de otra manera).
  • El trabajo para la segunda publicación estará destinado a un grupo distinto de lectores; podría bastar con una versión abreviada.
  • La segunda versión reflejará fielmente la información e interpretaciones de la primera.
  • En la segunda versión, mediante una nota a pie de página, se informará a los lectores, investigadores y centros de documentación, que el artículo ya ha sido publicado en parte o en su totalidad y se hará constar la referencia de la primera publicación. Para que sea adecuada la nota a pie de página debería decir lo siguiente: “Este artículo está basado en un estudio publicado por primera vez en la revista [título de la revista y referencia completa]”.
  • El permiso para la segunda publicación debe ser gratuito.

Normas:

WAME, 2001

ICMJE, 2001

CSE, 2000

Council of Biology Editors (CBE) Style guide, 1994:574

American Medical Association (AMA) Style guide, 1998:100

Autoría

  1. Requisitos y criterios

La decisión sobre quién es autor de un artículo debe establecerse antes de iniciar el artículo. Cualquier conflicto sobre los firmantes o el contenido del artículo debe ser resuelto por los colaboradores antes de hacer el envío del escrito.

Todas las personas que figuren como autores deberán estar cualificadas para ello. Cada autor deberá haber tomado parte en el trabajo de manera suficiente como para responsabilizarse públicamente del contenido.

La supervisión general del grupo investigador no es suficiente para figurar como autor. Cualquier parte de un artículo que sea esencial para las conclusiones fundamentales del mismo será responsabilidad de por lo menos uno de los autores.

La dirección de la revista podrá pedir a los autores que especifiquen cuál es la aportación de cada uno; esta información puede ser publicada.

Normas:

ICMJE, 2001

CBE, 1994: 574

WAME, 2001

2 Límites número de autores

Será definido por el comité editorial de cada revista y las disciplinas, instituciones y grupos científicos afines a su labor.

Normas:

ICMJE, 2001

CBE, 1994:574

WAME, 2001

  1. Orden de los autores

El orden en el que aparecen los autores deberá ser una decisión conjunta de los coautores. Debido a que este orden se asigna de diferentes maneras, su significado no se puede inferir con exactitud a menos que éste sea indicado. Puede que los autores deseen explicar, en una nota a pie de página, el orden en el que aparecen. Cuando estén decidiendo sobre el orden, los autores deberán ser conscientes de que la revista puede limitar el número de autores que figuran en el índice de materias.

Normas:

ICMJE, 2001

CBE, 1994:574

WAME, 2001

Conflictos de interés

Hay conflictos de intereses en la publicación de un manuscrito cuando cualquier participante en el proceso de publicación —autor, árbitro o miembro de la redacción de la revista—, tiene vínculos con actividades que puedan influir nocivamente en su capacidad de juzgar, independientemente de que esa posible influencia haya tenido lugar o no. Las relaciones financieras con la industria (por ejemplo, empleo, consultorías, propiedad de acciones en empresas, honorarios, testimonios como experto), bien sean éstas directas o a través de familiares inmediatos, suelen considerarse las fuentes más importantes de conflicto de intereses. Sin embargo, éstos también pueden darse por relaciones personales, rivalidades académicas o vehemencia intelectual.

Los editores evitarán seleccionar árbitros con potenciales conflictos de intereses, por ejemplo personas que trabajen en el mismo departamento o institución que alguno de los autores. Los participantes en la revisión y publicación de textos científicos revelarán todas las influencias que les puedan suponer un conflicto de intereses, sobre todo ante editoriales o críticas, y publicar esa información si creen que es importante para los lectores.

Normas:

ICMJE, 2001

CSE, 2000

WAME, 2001

- Política y procedimientos seguidos por la revista para evitar, detectar y gestionar reclamaciones y denuncias al respecto

A fin de evitar que se publiquen investigaciones sesgadas, se implementarán las siguientes medidas:

  1. Se exige a los autores una declaración firmada de potenciales conflictos de intereses.

Asimismo, se señalan los pasos seguidos por la Redacción en el caso de que se detecte un documento afectado por conflictos de intereses y las medidas empleadas para sancionar esta conducta. En el supuesto de que el trabajo se haya publicado, la revista deberá publicar en números subsiguientes una corrección que contenga:

  • Titular de la notificación con el encabezamiento “Corrección”.
  • Motivo de la corrección en el título. Ejemplo: Corrección: Declaración de conflicto de intereses.
  • Figurar en el sumario del fascículo citando la referencia bibliográfica completa del artículo original.
  • El texto de la nota deberá explicar el contenido de la misma.
  • Se puede admitir una carta de los autores reconociendo y pidiendo disculpas por esta situación.

Normas:

ICMJE, 2001

CSE, 2000

Confidencialidad

Puesto que la propiedad intelectual de un manuscrito enviado a una revista pertenece a su autor hasta que el trabajo sea publicado, se garantiza que el original será tratado como comunicación confidencial por parte del Comité editorial de la revista en todas las fases de evaluación y publicación. Su contenido sólo podrá ser revelado a las personas que forzosamente hayan de leer el trabajo en la labor editorial que lo revisen por cuenta de la misma (árbitros) y que lo corrijan.

Normas:

EASE, 1994

ICMJE, 2001

Licencias Creative Commons

 

La revista Universitas Philosophica se encuentra registrada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento 4.0 Internacional. Por lo tanto, esta obra se puede reproducir, distribuir y comunicar públicamente en formato digital, siempre que se reconozca el nombre de los autores y a la Pontificia Universidad Javeriana. Se permite citar, adaptar, transformar, autoarchivar, republicar y crear a partir del material, para cualquier finalidad (incluso comercial), siempre que se reconozca adecuadamente la autoría, se proporcione un enlace a la obra original y se indique si se han realizado cambios. La Pontificia Universidad Javeriana no retiene los derechos sobre las obras publicadas y los contenidos son responsabilidad exclusiva de los autores, quienes conservan sus derechos morales, intelectuales, de privacidad y publicidad.

El aval sobre la intervención de la obra (revisión, corrección de estilo, traducción, diagramación) y su posterior divulgación se otorga mediante una licencia de uso y no a través de una cesión de derechos, lo que representa que la revista y la Pontificia Universidad Javeriana se eximen de cualquier responsabilidad que se pueda derivar de una mala práctica ética por parte de los autores. En consecuencia de la protección brindada por la licencia de uso, la revista no se encuentra en la obligación de publicar retractaciones o modificar la información ya publicada, a no ser que la errata surja del proceso de gestión editorial. La publicación de contenidos en esta revista no representa regalías para los contribuyentes.

Adhesión a los estándares internacionales de ética de la publicación

 

Esta revista científica se rige por los estándares internacionales publicados por el Comité de Ética en la Publicación (COPE). A su vez, se basa en la Guía de mejores prácticas para editores de revistas científicas y el Paquete de recursos para la ética en la publicación (PERK), desarrollado por el grupo editorial Elsevier, a fin de garantizar transparencia tanto en la publicación de las contribuciones como en los procedimientos de resolución de conflictos asociados.

El equipo editorial de esta revista científica se asegurará de que todas las partes (editores, pares evaluadores y autores) sigan a cabalidad las normas éticas en todo el proceso editorial.