Resumen
Incontables discusiones se han suscitado con ocasión del estudio del artículo 1131 del Código de Comercio en cuanto a la prescripción de los derechos que tienen las víctimas en su calidad de beneficiarios del seguro, optando la jurisprudencia por exponer una teoría según la cual, remitiéndose al artículo 1081 de este estatuto, indica que en estos casos solo es aplicable la prescripción extraordinaria, generando varias inquietudes como las que a continuación mencionamos: ¿Es válida esta interpretación?; ¿afecta esta interpretación la prescripción de los derechos del asegurado?; ¿cómo debe modernizarse el Código de Comercio para zanjar esta discusión?.
Código de Comercio. Artículos 1080 y 11331.

Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución 4.0.