APOLOGÍA DEL POTENCIAL PREVENTIVO DE LA RESPONSABILIDAD: DESMITIFICACIÓN DE LA SANCIÓN EN SEDE INDEMNIZATORIA
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Tradicionalmente se le ha atribuido a la responsabilidad civil una función meramente resarcitoria. Sin embargo, esta refractaria concepción parece cada día más relegada frente a los requerimientos de la sociedad y, por contera, del derecho contemporáneo. Ciertamente, se ha tomado conciencia de que ni siquiera la más perfecta de las reparaciones es capaz de suprimir completamente la realidad histórica del daño, lo que le ha abierto un espacio a nuevos enfoques con relación a la función de la responsabilidad, particularmente en lo que se refiere a la prevención y a la sanción. El presente artículo aborda justamente esta discusión, con el propósito de examinar, en un primer segmento, cuál es su estado actual en el derecho colombiano, a la par que formular, en un segundo segmento, algunas propuestas concretas frente a la implementación de la prevención y la punición en la responsabilidad civil patria. Se trata, en general, de una invitación a desmitificar el carácter exclusivamente resarcitorio de la consabida responsabilidad y admitir, con la correspondiente delimitación, la función preventiva (tutela inhibitoria) y sancionatoria (daños punitivos) en ciertos escenarios jurídicos.
Responsabilidad civil, funcion, prevencion, sancion, danos punitivos, tutela inhibitoriaTorts, liability, prevention, punishment, punitive damages, civil law